# Resolución de 30 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2026 de los Programas I, II y III de las subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- **Boletín:** Diario Oficial de Extremadura
- **Fecha de publicación:** 2026-09-01
- **Organismo:** Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas.
- **Identificador oficial:** 2026062051
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/extremadura/2026-09-01/resolucion-30-julio-2026-secretaria-general-que-aprueba-convocatoria-ejercicio-2026-programas-i-ii-iii-N4pjkg
- **Fuente oficial:** https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1690o/26062051.pdf

## Contenido

NÚMERO 169 Martes 1 de septiembre de 2026 38009 RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2026 de los Programas I, II y III de las subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2026062051) La Orden de 10 de agosto de 2023 establece las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La finalidad de estas ayudas es la de fomentar la creación y la estabilidad en el empleo, mediante la incorporación de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, contribuir al mantenimiento de la plantilla de personas con discapacidad de los centros especiales de empleo, apoyar los servicios prestados por los profesionales que componen las unidades de apoyo, en el marco de los servicios de ajuste personal, social y profesional de los centros especiales de empleo y fomentar el tránsito de las personas con discapacidad del mercado protegido de trabajo al mercado ordinario. Al amparo de lo dispuesto en la citada Orden de 10 de agosto de 2023, se procede al dictado de la presente resolución por la que se realiza la convocatoria pública de las ayudas previstas en el artículo 2 de dicha orden para los siguientes programas: — Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo. — Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo. — Programa III: Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo. El artículo 10 de la Orden de 10 de agosto de 2023 establece que el procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la misma es el de concesión directa mediante convocatoria abierta, en los términos establecidos en el capítulo III del título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por tratarse de una subvención destinada a fomentar la creación y estabilidad en el empleo, mediante la incorporación al mercado laboral de personas desempleadas con especiales dificultades de inserción. Estas circunstancias, las razones de carácter público y social que llevan aparejadas, así como la imposibilidad de establecer criterios objetivos para determinar un orden de prelación en la concesión de las ayudas, justifican el régimen de concesión directa.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1690o/26062051.pdf
