# Concurso de méritos – Orden de 9 de enero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-01-20
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS
- **Identificador oficial:** BOCM-20260120-17
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/madrid/2026-01-20/concurso-meritos-orden-9-enero-2026-consejeria-vivienda-transportes-e-infraestructuras-que-resuelve-convocatoria-aprobada-orden-nELrWb
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/20/BOCM-20260120-17.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 64 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 20 DE ENERO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 16 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras 17 ORDEN de 9 de enero de 2026, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos. Por Orden del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de 2 de septiembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de septiembre), se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos. En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes. De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Objeto Se declaran desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo. Segundo La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. BOCM-20260120-17 Recursos

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/01/20/BOCM-20260120-17.PDF
