# Resolución proceso selectivo – Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Terapia Ocupacional, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-03-30
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260330-15
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/madrid/2026-03-30/resolucion-proceso-selectivo-resolucion-25-marzo-2026-direccion-general-funcion-publica-que-resuelve-proceso-extraordinario-estabilizacion-empleo-5QZKz0
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/30/BOCM-20260330-15.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 75 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 30 DE MARZO DE 2026 Pág. 87 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 15 RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Terapia Ocupacional, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. Mediante Orden 466/2021, de 15 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD MADRID número 268, de 10 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad de Terapia Ocupacional, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la orden anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el tribunal calificador de las citadas pruebas la relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquéllas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria. En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, DE RESUELVE Primero Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora como anexo de la presente resolución. 1. Con objeto de proceder a su nombramiento como funcionarios de carrera del cuerpo, escala y especialidad de referencia, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, exigida en el apartado segundo de base novena de la aludida Orden 466/2021, de 15 de octubre y, por remisión expresa, en los apartados 14.6, 14.8 y 14.10 de la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo: A) Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base sexta, apartado 1.b) de la citada Orden 290/2018, de 27 de junio. B) Copia del título de Diplomatura o Grado en Terapia Ocupacional. BOCM-20260330-15 Segundo

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/03/30/BOCM-20260330-15.PDF
