# Aspirantes proceso selectivo – Resolución 417/2026, de 23 de junio, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban y declaran las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo convocado mediante Resolución 256/2026, de 23 de abril de 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-06-25
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
- **Identificador oficial:** BOCM-20260625-13
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/madrid/2026-06-25/aspirantes-proceso-selectivo-resolucion-4172026-23-junio-consejera-delegada-agencia-administracion-digital-comunidad-madrid-que-aprueban-52Yxr7
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/25/BOCM-20260625-13.PDF

## Contenido

BOCM Pág. 70 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 25 DE JUNIO DE 2026 B.O.C.M. Núm. 149 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Digitalización AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 13 RESOLUCIÓN 417/2026, de 23 de junio, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban y declaran las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo convocado mediante Resolución 256/2026, de 23 de abril de 2026. De conformidad con lo dispuesto en las bases particulares que convocan y rigen el proceso para la selección de determinado personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo), aprobadas mediante Resolución 256/2026, de 23 de abril de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 101, de 30 de abril), y en concordancia con lo establecido en las bases séptima, octava, novena, décima, undécima y decimosegunda, apartado 3, de las Bases Generales que han de regir los procesos de selección, en turno libre, de personal laboral ordinario indefinido (laboral fijo) de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, (en adelante Madrid Digital, o la Agencia), aprobadas mediante Resolución 422/2023, de 31 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 189, de 10 de agosto), ambas de la Consejera-Delegada de la misma; y de acuerdo con las competencias otorgadas en los apartados ocho.2.c) 3.o y catorce.4 del artículo 10 de la Ley autonómica 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, RESUELVO Primero Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo convocado conforme a las precitadas bases particulares, aprobadas por la Resolución 256/2026, de 23 de abril de 2026, en cada uno de los perfiles convocados, que figuran en el Anexo I a la presente Resolución. Tercero Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su conocimiento y efectos oportunos. De conformidad con el resolutorio único de la Resolución 256/2026, de 23 de abril de 2026 y con el apartado 4, de la base general decimosegunda de la precitada Resolución 422/2023, de 31 de julio, los aspirantes provisionalmente excluidos de forma expresa, así como aquellos que incidentalmente no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución, a fin de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa. En Madrid, a 23 de junio de 2026.—La Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid (Decreto 299/2019, de 19 de noviembre, del Consejo de Gobierno, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 20 de noviembre), Elena Liria Fernández. BOCM-20260625-13 Segundo Aprobar la relación provisional de aspirantes que han solicitado adaptación de medios, con indicación de su concesión o denegación provisional, así como de la documentación acreditativa de la necesidad de dicha adaptación, que deberán presentar conforme a lo indicado en el Anexo II de la presente Resolución. De no aportarse, en su caso, dicha documentación acreditativa requerida en el plazo habilitado a tal efecto para la subsanación, se tendrá al candidato por desistido de su petición de adaptación.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/25/BOCM-20260625-13.PDF
