# Resolución proceso selectivo— Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Industria, Energía y Minas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid

- **Boletín:** Boletín Oficial Comunidad Madrid
- **Fecha de publicación:** 2026-09-30
- **Organismo:** B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
- **Identificador oficial:** BOCM-20260930-14
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/empleo-publico/madrid/2026-09-30/resolucion-proceso-selectivo-resolucion-18-septiembre-2026-direccion-general-funcion-publica-que-resuelve-proceso-selectivo-ingreso-N0Y8Zq
- **Fuente oficial:** https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/30/BOCM-20260930-14.PDF

## Contenido

BOCM B.O.C.M. Núm. 233 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Pág. 71 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 14 RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Industria, Energía y Minas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. Mediante Orden 1064/2025, de 7 de mayo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 126, de 7 de mayo), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Industria, Energía y Minas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid. De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la orden anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección, órgano colegiado encargado del desarrollo y calificación de las citadas pruebas, la relación definitiva de personas aspirantes que han aprobado en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria. En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, RESUELVE Primero Declarar, a propuesta de la Comisión Delegada de la Comisión Permanente de Selección del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo de la presente Resolución. 1. En sujeción a lo ordenado por el apartado segundo, letra k), del artículo 24 del vigente Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid, las personas seleccionadas, con objeto de proceder a su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, contemplada en el apartado sexto de la base decimocuarta de la aludida Orden 290/2018, de 27 de junio, en consonancia con lo establecido en la base segunda de la reseñada Orden 293/2022, de 15 de febrero, y que irá destinada a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo estipulado en el punto 2 de este apartado segundo: A) Copia del DNI/NIE o equivalente y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente. B) Copia del título de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las distintas profesiones de Ingeniero. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certi- BOCM-20260930-14 Segundo

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/30/BOCM-20260930-14.PDF
