# Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares» de Linares (Jaén). (PP. 10279/2024).

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2025-01-08
- **Organismo:** 3. Otras disposiciones.
- **Identificador oficial:** 2025/4-22
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/andalucia/2025-01-08/orden-10-diciembre-2024-que-modifica-autorizacion-ensenanzas-centro-docente-privado-formacion-profesional-al-andalus-linares-linares-jaen-pp-102792024-527OPy
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/4/BOJA25-004-00003-55958-01_00312904.pdf

## Contenido

BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025 página 55958/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares» de Linares (Jaén). (PP. 10279/2024). Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez, como administrador único de Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares», con domicilio en C/ Calderón núm. 1, de Linares (Jaén), solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por ampliación de las mismas en un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Cuidados auxiliares de enfermería y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Marketing y publicidad y uno de Transporte y logística) y por supresión de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Atención a personas en situación de dependencia, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio. Primero. Resultando que el citado centro, con código 23009663, tiene autorización para impartir tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de Guía en el medio natural y de tiempo libre y uno de Atención a personas en situación de dependencia) y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Acondicionamiento Físico, dos de Enseñanza y Animación Sociodeportiva y uno de Educación Infantil). Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE del 22), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril (BOE de 5 de junio), por el que se establece el título de Técnico en Cuidados auxiliares de enfermería y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece el Título de Técnico Superior en Transporte y logística y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00312904 Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/4/BOJA25-004-00003-55958-01_00312904.pdf
