# Orden de 27 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 15 de noviembre de 2024, por la que se establece el baremo para el cálculo de las indemnizaciones en los cultivos afectados por el organismo nocivo que se cita en la presente orden, por aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de dicha plaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2025-01-08
- **Organismo:** 3. Otras disposiciones.
- **Identificador oficial:** 2025/4-25
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/andalucia/2025-01-08/orden-27-diciembre-2024-que-modifica-orden-15-noviembre-2024-que-establece-baremo-calculo-nExjAb
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/4/BOJA25-004-00003-10-01_00313624.pdf

## Contenido

BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025 página 10/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Mediante la Orden de 15 de noviembre de 2024, por la que se establece el baremo para el cálculo de las indemnizaciones en los cultivos afectados por el organismo nocivo que se cita en la presente orden, por aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de dicha plaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, publicada en el BOJA número 230, de 26 de noviembre de 2024, se estableció el baremo para el cálculo de las indemnizaciones para el cultivo de la patata afectada por la plaga Ralstonia solanacearum, cuyo método de cálculo se establece en la Orden de 20 de marzo de 2019, por la que se establecen los requisitos y condiciones para el acceso a las indemnizaciones derivadas de la aplicación de medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de los organismos nocivos presentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el método para el cálculo de las mismas. Por su parte, el Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, establece en su artículo 26 la posibilidad de indemnizar a los interesados por los costes de prevención, control y erradicación de plagas vegetales y para reparar los daños causados por plagas vegetales. Las indemnizaciones como consecuencia de los daños causados por la plaga vegetal compensarán el valor de mercado de las plantas destruidas como resultado de la plaga vegetal, y dentro de un programa público o medida a que se refiere el artículo 26, apartado 2, letra b); el lucro cesante provocado por las obligaciones de cuarentena, las dificultades para la rotación de cultivos obligatoria impuesta como parte de un programa público o medida; y los costes de sustitución de los equipos destruidos por orden de las autoridades competentes del Estado miembro. A esta compensación se deducirá cualquier gasto no relacionado con la plaga así como cualquier ingreso obtenido. No obstante lo anterior, un vez publicada la citada Orden de 15 de noviembre de 2024, se hace necesario sustituir el anexo de la misma, al haberse detectado situaciones no cubiertas por lo establecido en el Reglamento (UE) 2022/2472, constituyendo ésto el objeto de la presente disposición. El artículo 48 del Estatuto de Autonomía para Andalucía atribuye la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución Española. Asimismo, hay que tener en cuenta las competencias sectoriales en la materia que tiene asignadas esta Consejería en virtud del Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 26 de agosto, que indica en su artículo 1.1 que corresponde a la citada Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00313624 Orden de 27 de diciembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 15 de noviembre de 2024, por la que se establece el baremo para el cálculo de las indemnizaciones en los cultivos afectados por el organismo nocivo que se cita en la presente orden, por aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para el control y erradicación de dicha plaga, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2025/4/BOJA25-004-00003-10-01_00313624.pdf
