# Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2026/2027.

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2026-08-31
- **Organismo:** 3. Otras disposiciones. Consejería de Educación.
- **Identificador oficial:** 2026/168-15
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/andalucia/2026-08-31/resolucion-25-agosto-2026-direccion-general-innovacion-formacion-profesorado-que-aprueba-desarrollo-lineas-estrategicas-formacion-5AaYBE
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/168/BOJA26-168-00007-11333-01_00342563.pdf

## Contenido

BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 168 - Lunes, 31 de agosto de 2026 página 11333/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se aprueba el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2026/2027. El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas. El Decreto 194/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, en su artículo 12.3, explicita como funciones que corresponden a la persona titular de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, la elaboración de las orientaciones generales del Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la coordinación de todas sus estructuras. Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado determinará por Resolución el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado para cada curso escolar. Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los centros del profesorado concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de las líneas estratégicas de dicho plan y de las necesidades formativas de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las actividades de formación permanente. Para el curso académico 2026/2027, la Consejería de Educación va a fijar las prioridades formativas del profesorado en aquellos aspectos nucleares de los procesos de enseñanza y aprendizaje que garanticen en el alumnado andaluz la adquisición de los aprendizajes imprescindibles generadores de conocimiento centrando el foco en la formación de la didáctica de las matemáticas, de la competencia lectora, de la lengua castellana y la literatura y de las lenguas extranjeras, de las ciencias sociales y humanas y del ámbito científico y tecnológico y de artes. Además, cobrará igualmente especial transcendencia y prioridad acompañar al profesorado en la adecuación del proceso de enseñanza-aprendizaje bajo el enfoque de prácticas reales de éxito en atención a la diversidad. En su virtud, esta Dirección General Primero. Objeto. La formación del profesorado andaluz se transformará en un motor de vanguardia para la evolución de la competencia profesional docente y directiva durante el curso escolar 2026/2027, persiguiendo las siguientes finalidades estratégicas: Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00342563 RESU ELV E

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/168/BOJA26-168-00007-11333-01_00342563.pdf
