# Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Universidad, Industria, Energía e Innovación en Almería, por la que se desestima la autorización administrativa previa de la ampliación del Parque Eólico «Arce» con instalación de planta solar fotovoltaica para hibridación «PSFV Arce Solar».

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2026-09-01
- **Organismo:** 3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.
- **Identificador oficial:** 2026/169-14
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/andalucia/2026-09-01/resolucion-25-agosto-2026-delegacion-territorial-economia-hacienda-fondos-europeos-universidad-industria-energia-e-innovacion-almeria-que-GDazRY
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/169/BOJA26-169-00002-11354-01_00342584.pdf

## Contenido

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía BOJA Número 169 - Martes, 1 de septiembre de 2026 página 11354/1 3. Otras disposiciones CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Universidad, Industria, Energía e Innovación en Almería, por la que se desestima la autorización administrativa previa de la ampliación del Parque Eólico «Arce» con instalación de planta solar fotovoltaica para hibridación «PSFV Arce Solar». PERE 1814 LAT 6975 LAT 6976. ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha 6.6.2025 tiene entrada en el registro de esta Delegación solicitud de autorización administrativa previa y autorización ambiental unificada presentada Parque Eólico Arce, S.L., para la instalación de planta solar fotovoltaica de hibridación del Parque Eólico Arce, situada en el término municipal de Tíjola (Almería), de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Segundo. Con fecha 27.6.2025 se remite a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, solicitud de informe sobre la coherencia territorial de la actuación en virtud de sus efectos en la ordenación del territorio, señalando, en su caso, las medidas correctoras, preventivas o compensatorias que deban adoptarse, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), y a los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. Tercero. Con fecha 20.10.2025 se recibe informe de incidencia territorial, en el cual se indica que se concluye que la ubicación propuesta para la planta solar fotovoltaica no está suficientemente justificada, ya que una parte importante de la actuación se desarrolla sobre suelo protegido y, teniendo en cuenta que en el entorno existen zonas sin protección alguna, se considera posible y recomendable un leve desplazamiento que evite afectar a los terrenos protegidos. No obstante, conforme a la Norma 39 del PEPMF si el órgano sustantivo en materia energética considera que la actuación pretendida ineludiblemente debe localizarse en la ubicación elegida, la actuación sería compatible con la normativa territorial. Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00342584 FUNDAMENTOS DE DERECHO

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/169/BOJA26-169-00002-11354-01_00342584.pdf
