# Edicto de 1 de septiembre de 2026, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el procedimiento Recurso de Casación Autonómico 89/2024, de publicación del fundamento de derecho quinto y fallo de la Sentencia núm. 20/2026, de fecha 10 de junio de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial Junta de Andalucía
- **Fecha de publicación:** 2026-09-07
- **Organismo:** 4. Administración de justicia. Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
- **Identificador oficial:** 2026/173-43
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/andalucia/2026-09-07/edicto-1-septiembre-2026-sala-lo-contencioso-administrativo-tribunal-superior-justicia-andalucia-ceuta-melilla-granada-procedimiento-recurso-5Bar9Y
- **Fuente oficial:** https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/173/BOJA26-173-00002-11537-01_00342767.pdf

## Contenido

BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 173 - Lunes, 7 de septiembre de 2026 página 11537/1 4. Administración de justicia TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA Edicto de 1 de septiembre de 2026, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el procedimiento Recurso de Casación Autonómico 89/2024, de publicación del fundamento de derecho quinto y fallo de la Sentencia núm. 20/2026, de fecha 10 de junio de 2026. NIG: 2906733320220000635. Órgano origen: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla-Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga. Asunto origen: Ord. 303/2022. Tipo y número de procedimiento: Recurso de Casación Autonómico 89/2024. Actuación recurrida: Grupo trabajo: K. De: Zen Servicios PM, S.L. Procurador/a: Jesús Olmedo Cheli. Letrado/a: Contra: Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Junta de Andalucía y Servicio Jurídico Provincial de Sevilla. Procurador/a: Letrado/a: Abogacía del Estado de Granada y Letrado de la Junta de Andalucia-Sevilla. EDICTO «FA LL A MOS Se estima el Recurso de Casación Autonómico número 89/2024 seguido a instancia de Zen Servicios PM, S.L., contra la Sentencia núm. 1892/2023, de 12 de julio de 2023, dictada por la Sección Funcional Primera de la Sala de Málaga del Tribunal Superior de Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00342767 Se hace saber que en el Recurso de Casación Autonómico 89/2024, interpuesto por la representación procesal de Zen Servicios PM, S.L., contra la sentencia núm. 1892/2023, de 12 de julio de 2023, dictada por la Sección Funcional Primera de la Sala de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Málaga, en el procedimiento ordinario 303/2022, se ha dictado por esta Sala Especial de Revisión y Casación Autonómica de lo Contencioso-Administrativo con sede en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sentencia núm. 20/2026, de fecha 10 de junio de 2026, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fundamento jurídico quinto y fallo, es del tenor literal siguiente: «Quinto. Respuesta a la cuestión de interés casacional planteada por el auto de admisión. Por lo dicho debe ratificarse la doctrina fijada en las mentadas sentencia y en respuesta a la cuestión del auto de admisión, reafirmar: “para acreditar la condición de empresario del sector inmobiliario, a efectos de aplicarse el tipo reducido del 2% al amparo del art. 25 del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos, no es necesario que el empresario esté dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE en el municipio donde se consume la operación traslativa que se somete a gravamen por el impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas”.» (...)

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2026/173/BOJA26-173-00002-11537-01_00342767.pdf
