# Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos afectados, y se fija fecha para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras relativas al "proyecto de modernización integral de la comunidad de regantes Lanaja (Huesca)". Nº de expediente SGRCNIR: 23.P35.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2024-08-10
- **Organismo:** V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2024-29087
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2024-08-10/resolucion-direccion-general-desarrollo-rural-innovacion-formacion-agroalimentaria-que-somete-informacion-publica-relacion-bienes-derechos-afectados-fija-nJO2vd
- **Fuente oficial:** https://boe.es//boe/dias/2024/08/10/pdfs/BOE-B-2024-29087.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 193 Sábado 10 de agosto de 2024 Sec. V-B. Pág. 44873 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 29087 Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la re lación de bie ne s y de re chos afe ctados, y se fija fe cha para e l le vantamie nto de Actas Pre vias a la Ocupación de los bie ne s y de re chos ne ce sarios para la re alización de las obras re lativas al "proye cto de mode rnización inte gral de la comunidad de re gante s Lanaja (Hue sca)". Nº de e xpe die nte SGRCNIR: 23.P35. El Real Decreto-ley 14/2009, de 4 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas (BOE núm. 293, de 5/12/2009), en su disposición adicional primera declara de interés general determinadas obras urgentes de mejora de regadíos y otras infraestructuras, figurando entre ellas, las relativas a la Comunidad de Regantes de base de Riegos del Alto Aragón. Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. El proyecto fue promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA), en ejecución del Convenio formalizado entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, SA (SEIASA), de 30 de noviembre de 2023, en relación con las obras de modernización de regadíos del «Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos» incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase III, y desarrollado conforme al Convenio Regulador suscrito entre la Comunidad de regantes Lanaja y SEIASA, el 8 de febrero de 2024, para la financiación, construcción y explotación de las obras de modernización de los regadíos de la Comunidad de Regantes. De acuerdo con este último Convenio, si bien la ejecución de las obras del proyecto de referencia corresponde a SEIASA, la obtención de los terrenos, ocupaciones y servidumbres necesarios para la ejecución de la obra compete a la Comunidad de Regantes Lanaja. El "Proyecto de Modernización Integral de la Comunidad de Regantes de Lanaja (Huesca)" fue aprobado por Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 19 de abril de 2024. Consiguientemente, procede someter a trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución de esta fase de la actuación, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación, podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos cve: BOE-B-2024-29087 Verificable en https://www.boe.es El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 5 de agosto de 2024.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://boe.es//boe/dias/2024/08/10/pdfs/BOE-B-2024-29087.pdf
