# Real Decreto 491/2026, de 17 de junio, por el que se crea como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el área profesional de Vidrio Industrial, de la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación profesional.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-06-19
- **Organismo:** Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Formación profesional.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-13297
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-06-19/real-decreto-4912026-17-junio-que-crea-centro-referencia-nacional-vidrio-industrial-real-fabrica-cristales-granja-san-NgXZb9
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/19/pdfs/BOE-A-2026-13297.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 149 Viernes 19 de junio de 2026 Sec. I. Pág. 85072 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES Real Decreto 491/2026, de 17 de junio, por el que se crea como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el área profesional de Vidrio Industrial, de la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el ámbito de la formación profesional. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, en su artículo 78, identifica a los centros de referencia nacional, con los requisitos y en las condiciones establecidas al efecto, como centros que podrán impartir ofertas de formación profesional previa autorización administrativa e inscripción registral correspondiente. Asimismo, en su artículo 102.3 establece que los centros de referencia nacional desarrollarán, en sus planes de actuación, proyectos de innovación e investigación aplicada con empresas del sector, en los términos que se establezcan reglamentariamente. El Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan los Centros de Referencia Nacional en el ámbito de la formación profesional, en su artículo 5.4, establece que «La creación de los Centros de Referencia Nacional o la calificación de los ya existentes, en el ámbito del Sistema de Formación Profesional, se realizará por real decreto, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el que se publicará como anexo el convenio de colaboración con la comunidad autónoma en la que vayan a estar o estén ubicados, previo informe del Consejo General de la Formación Profesional. En el supuesto de que se califique más de un Centro de Referencia Nacional para una misma familia profesional, cada uno estará especializado en un subsector productivo o área profesional de la correspondiente familia profesional, y sus actuaciones serán coordinadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de los planes de trabajo de cada centro». Con fecha 15 de julio de 2025, en la LXXXIV reunión ordinaria de la Comisión Permanente del Consejo General de Formación Profesional, se emitió informe sobre la creación como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial a la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso situado en paseo Pocillo, 1, 40100 Real Sitio de San Ildefonso, Segovia, en la familia profesional de Vidrio y Cerámica, en el área profesional de Vidrio Industrial. Con fecha 7 de mayo de 2026, se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Fundación Centro Nacional del Vidrio de titularidad la Administración General del Estado adscrita al Ministerio de Cultura, para la creación como Centro de Referencia Nacional de Vidrio Industrial a la Real Fábrica de Cristales de La Granja de San Ildefonso, en el ámbito de la formación profesional. Este real decreto se aprueba al amparo de lo establecido en el artículo 5.4 del Real Decreto 229/2008, de 15 de febrero. Dando cumplimento a los principios de buena regulación, contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación del presente real decreto se justifica en los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. Así, en virtud de los principios de necesidad y eficacia, este real decreto está justificado al ser el instrumento normativamente previsto para la creación del Centro de cve: BOE-A-2026-13297 Verificable en https://www.boe.es 13297

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/06/19/pdfs/BOE-A-2026-13297.pdf
