# Real Decreto 534/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-02
- **Organismo:** Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . I. Disposiciones generales. Títulos académicos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14332
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-02/real-decreto-5342026-30-junio-que-modifican-reales-decretos-que-establecen-titulos-tecnico-deportivo-regulados-ley-organica-nd2geO
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/02/pdfs/BOE-A-2026-14332.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 160 Jueves 2 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 91259 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES Real Decreto 534/2026, de 30 de junio, por el que se modifican los reales decretos por los que se establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. El Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, determina que las enseñanzas deportivas se organizan en ciclos que, a su vez, se estructuran en módulos agrupados en bloque común y bloque específico. Los módulos de enseñanza deportiva que conforman el bloque común están constituidos por la formación asociada a las competencias profesionales que, en el caso de los títulos de Técnico Deportivo, soportan los procesos de «iniciación deportiva» y «tecnificación deportiva», independientemente de la modalidad o especialidad deportiva, así como de aquellos objetivos propios de las enseñanzas deportivas. Conforme a lo previsto en el citado real decreto, las enseñanzas mínimas de los módulos del bloque común correspondiente al ciclo de grado medio de los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aparecen desarrolladas, por primera vez, en el Real Decreto 64/2010, de 29 de enero, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Espeleología y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. Dichos módulos se han venido replicando de manera coincidente en todas las normas que han establecido los diferentes títulos de Técnico Deportivo. Transcurrida más de una década desde la primera publicación de los módulos comunes de enseñanza deportiva, resulta necesario actualizar los referidos módulos para adecuarlos, por un lado, a las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, en relación con las figuras del entrenador y entrenadora como agentes de prevención, y por otro, a las novedades en la regulación del sistema deportivo previstas en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, sin que ello constituya un desarrollo de la misma. Asimismo, la evolución conceptual, procedimental y tecnológica del deporte, los cambios en el alto rendimiento deportivo y en las funciones de los entrenadores y las entrenadoras, así como los avances en deporte femenino y en deporte para personas con discapacidad exigen la actualización de las enseñanzas mínimas y de la denominación de algunas especializaciones de los títulos de Técnico Deportivo. Por ello, procede modificar los reales decretos que establecen los títulos de Técnico Deportivo regulados por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, adecuando la denominación, los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos básicos de los módulos de enseñanza deportiva del bloque común, así como la denominación de las especializaciones, al ordenamiento jurídico, a las exigencias de la sociedad actual y a las recomendaciones contenidas en el Libro blanco del deporte para personas con discapacidad en España. Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En primer lugar, se ajusta al principio de necesidad, ya que se trata de una norma que persigue el interés general al incorporar los últimos avances en materia de deporte, entrenamiento, igualdad de género y acceso a la práctica deportiva de las personas con discapacidad en la formación de los futuros cve: BOE-A-2026-14332 Verificable en https://www.boe.es 14332

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/02/pdfs/BOE-A-2026-14332.pdf
