# Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la decisión del registrador de la propiedad de Avilés n.º 2, de inscribir una escritura de préstamo hipotecario con pacto de igualdad de rango.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14834
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-08/resolucion-25-marzo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-decision-registrador-propiedad-N4pVpE
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14834.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 165 Miércoles 8 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 94424 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14834 Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la decisión del registrador de la propiedad de Avilés n.º 2, de inscribir una escritura de préstamo hipotecario con pacto de igualdad de rango. En el recurso interpuesto por don C. M. P. contra la decisión del registrador de la Propiedad de Avilés número 2, don Francisco Javier Vallejo Amo, de inscribir una escritura de préstamo hipotecario con pacto de igualdad de rango. Hechos I Por escritura otorgada el día 24 de agosto de 2021 ante el notario de Oviedo, don Javier Merino Gutiérrez, con el número 2.377 de protocolo, los cónyuges doña A. R. A. y don C. M. P., junto a doña A. R. A., constituyeron hipoteca, entre otras, sobre las fincas 33.674 de Avilés y 23.626 de Castrillón, a favor de «Banco de Sabadell, S.A.». Dicha escritura contenía un pacto de igualdad de rango de la hipoteca formalizada en ella, respecto a otra hipoteca constituida de forma simultánea a favor de la entidad «Sociedad de Garantía Recíproca de Asturias Asturgar», cuyo representante intervino prestando su consentimiento. Ambas escrituras se presentaron sucesivamente de forma conjunta en el Registro de la Propiedad de Avilés número 2, siendo calificadas negativamente por contener una de ellas defectos subsanables. Finalmente, se presentó solamente bajo el asiento de presentación número 4932 del Diario 25 la escritura aludida anteriormente, a favor de «Banco de Sabadell, S.A.». II La escritura indicada se calificó positivamente y se inscribió con el pacto de igualdad de rango en el Registro de la Propiedad de Avilés número 2 el día 29 de octubre de 2025, causando las inscripciones 5.ª y 8.ª de las fincas registrales número 33.674 de Avilés y 23.626 de Castrillón. III Contra la decisión del registrador de la Propiedad de practicar las inscripciones, don C. M. P. interpuso recurso el día 26 de diciembre de 2025 alegando lo siguiente: Objeto del recurso Que mediante el presente escrito interpone recurso gubernativo al amparo de los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria contra la inscripción practicada por el Registrador de la Propiedad de Avilés n.º 2, Don Francisco Javier Vallejo Amo. En relación con la hipoteca constituida el veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno a favor del Banco Sabadell sobre las siguientes fincas registrales: – Finca n.º 33674, Sección 2.ª, CRU 33021002087262, término municipal de Avilés. – Finca n.º 23626, CRU 33021001405012, término municipal de Castrillón. cve: BOE-A-2026-14834 Verificable en https://www.boe.es «I.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14834.pdf
