# Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Linares a inscribir un decreto de adjudicación y un mandamiento de cancelación dictados en procedimiento de ejecución directa sobre bienes inmuebles.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14840
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-08/resolucion-26-marzo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-negativa-registradora-propiedad-nEaeaj
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14840.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 165 Miércoles 8 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 94467 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14840 Resolución de 26 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Linares a inscribir un decreto de adjudicación y un mandamiento de cancelación dictados en procedimiento de ejecución directa sobre bienes inmuebles. En el recurso interpuesto por don M. A. L. M. contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Linares, doña Juana María Arroyo Fernández, a inscribir un decreto de adjudicación y un mandamiento de cancelación dictados en procedimiento de ejecución directa sobre bienes inmuebles. Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Linares se tramitó el procedimiento de ejecución hipotecaria número 302/2021. Con fecha 13 de febrero de 2025, se dictó decreto de adjudicación en favor de la entidad «Lazaretto Europe, SL». En el apartado tercero de los antecedentes de hecho de dicho decreto se especificaba que se había notificado y requerido de pago a los deudores ejecutados «por medio del sistema Lexnet a través de su procurador». II «Calificado testimonio del decreto 63/2025 de trece de febrero de dos mil veinticinco del letrado de la administración de justicia del Juzgado Mixto número 2 de Linares, A. J. A. C., en el procedimiento ejecución hipotecaria 302/2021, expedido por dicho letrado, firmado electrónicamente el dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, junto con mandamiento expedido en dicho procedimiento por el letrado, firmado electrónicamente el mismo día, diligencia de ordenación de dicho letrado de 2 de julio de 2025 y testimonio firmado electrónicamente el 19 de junio de 2025 por R. M. C. de documento expedido por Servicio Común Partido Judicial Linares, en el que consta diligencia de ordenación de la letrada de la administración de justicia P. T. A. de 16 de junio de 2025, fotocopia de instancia suscrita en Madrid el 26 de marzo de 2025 por C. M. R., actuando en nombre y representación de Lazaretto Europe, SL, relativa a la situación arrendaticia, los documentos que acreditan la presentación al pago del Impuesto por medios telemático y el cumplimiento de lo previsto en el artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria, se suspende su inscripción por lo siguiente: 1. No constar que el deudor ha sido demandado y requerido de pago en el lugar y por los medios que legalmente se establecen, ya que se según el decreto ha sido notificado y requerido de pago por medio del sistema Lexnet y a través de su procurador; el requerimiento de pago fuera del domicilio establecido en la escritura de hipoteca, es admisible siempre que se realice de manera personal al destinatario como establece el punto 2 del artículo 686 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y el sistema Lexnet no acredita cve: BOE-A-2026-14840 Verificable en https://www.boe.es Presentado testimonio del citado decreto, junto con mandamiento de cancelación, en el Registro de la Propiedad de Linares, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14840.pdf
