# Resolución de 7 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Barcelona n.º 5 a la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración solicitado para un departamento.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-08
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14833
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-08/resolucion-7-enero-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-negativa-registradora-propiedad-56bEb0
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14833.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 165 Miércoles 8 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 94414 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14833 Resolución de 7 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad accidental de Barcelona n.º 5 a la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración solicitado para un departamento. En el recurso interpuesto por don S. G. G., abogado, en representación de la mercantil «Calxico Ingla, SL», contra la negativa de la registradora de la Propiedad accidental de Barcelona número 5, doña Isabel González García, a la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración solicitado para un departamento. Hechos I Mediante instancia presentada en el Registro de la Propiedad de Barcelona número 5 el 1 de julio de 2025 (y posterior instancia de subsanación de 22 de julio de 2025), se solicitó la asignación de número de registro y alquiler de corta duración (uso turístico, finca completa), para el departamento (…) de Barcelona (CRU: 08058000133435), acompañándose la licencia administrativa de uso turístico. II La instancia fue objeto de una primera calificación, de fecha 21 de julio de 2025, en estos términos: «Calificado la precedente solicitud de Asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración, suspendo la práctica de la extensión de la preceptiva nota marginal por los siguientes motivos: 1) resultar de los estatutos de la comunidad de propietarios de la que forma parte la vivienda de la que se solicita asignación de número de registro de alquiler de corta duración para uso turístico, la siguinente [sic] limitación: “queda prohibido cambiar el destino de las viviendas a la actividad de uso turístico -viviendas de uso turísticohospedaje y/o hostelería. Obtención de la autorización de la comunidad de propietarios de la que forma parte la finca referida para la obtención del referido número de registro de alquiler.– Dicha autorización debe acreditarse con certificación fehaciente librada por el administrador de la comunidad de propietarios. 2) por no indicarse en el apartado correspondiente del formulario presentado el número de código de licencia turístico de la CA. El número puesto en el formulario no se corresponde con dicho código. Consecuentemente se les advierte que se revoca el número de registro provisional asignado, en atención a que en la estructura para la generación del Número de Registro cve: BOE-A-2026-14833 Verificable en https://www.boe.es Medio de subsanación

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/08/pdfs/BOE-A-2026-14833.pdf
