# Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Sagunto n.º 2, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14950
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-09/resolucion-19-febrero-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-registradora-N7v8lb
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14950.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 166 Jueves 9 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 95218 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14950 Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Sagunto n.º 2, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración. En el recurso interpuesto por don P. A. A., en nombre y representación de la entidad «Obras AT4, SL», contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Sagunto número 2, doña María Teresa López Alfonso, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal la siguiente disposición: «Las edificaciones que se alcen en las parcelas urbanas, solo se podrán dedicar a vivienda. Queda expresamente prohibido establecer en ninguna parcela industrias, comercios, talleres, granjas, garajes públicos, despachos profesionales, consultorios, clínicas y en general, todos lo que exceda de uso propio de una vivienda personal o familiar, a no ser que este expresamente autorizada por las Ordenanzas y con acatamiento y observancia de sus Normas». Hechos I El día 24 de octubre de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Sagunto número 2 solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración para uso turístico. II Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Sagunto número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «En relación al documento de Asignación de Número de Alquiler de Corta Duración, que ha sido presentado en esta oficina el 24 de octubre de 2025, bajo el Asiento 3459 del Diario 2025, se ha calificado con defecto, reiterando la nota correspondiente al asiento 1686 del Diario 2025, que se reproduce a continuación. En relación al documento de asignación de número de alquiler de corta duración, de fecha jueves 29 de mayo de 2025, que ha sido presentado en esta oficina, bajo el Asiento 1686 del Diario 2025, la Registradora que suscribe ha resuelto no practicar la inscripción solicitada, atendiendo a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: Con fecha 1 de julio de 2025 se calificó el documento haciendo constar los siguiente: “1. En el documento relacionado, solicita la asignación de número de alquiler de corta duración sobre la finca 1819 del término de Torres Torres, para la finca completa, con la categoría de arrendamiento turístico, y siendo la residencia secundaria del arrendador. cve: BOE-A-2026-14950 Verificable en https://www.boe.es Hechos:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14950.pdf
