# Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Cazalla de la Sierra a prorrogar una anotación preventiva de embargo.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14984
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-09/resolucion-25-marzo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-negativa-registrador-propiedad-52496r
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14984.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 166 Jueves 9 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 95570 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14984 Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Cazalla de la Sierra a prorrogar una anotación preventiva de embargo. En el recurso interpuesto por doña R. C. P., abogada, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios (…), contra la negativa del registrador de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, don Andrés Castiñeira Cuenca, a prorrogar una anotación preventiva de embargo. Hechos I Mediante mandamiento judicial librado el día 1 de octubre de 2025 por la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aracena, Plaza número 1, en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 108/2013, se ordenaba la prórroga de la anotación de embargo, letra A, de la finca registral número 3.163 de El Real de La Jara a favor de una comunidad de propietarios, que, a su vez, había sido prorrogada por las anotaciones B y C, esta última de fecha 25 de junio de 2021. II Presentado el día 10 de octubre de 2025 dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Cazalla de la Sierra, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Asiento 548 año 2025. Con fecha 10 de octubre de 2025 fue presentado telemáticamente en este Registro con el número de asiento 1344 año 2025, un mandamiento de prórroga de Embargo, de fecha 1 de octubre de 2025, Ejecución títulos judiciales 108/2013. Negociado 2, por el que solicita se proceda practicar la prórroga de la anotación letra A de la finca registral 3163 de El Real de la Jara, cuyo embargo fue anotado bajo la letra A, a favor de Comunidad de Propietarios (…), habiendo sido prorrogado a su vez por las letras B y C, ésta última anotada con fecha 25 de junio de 2025, por el que se solicita nuevamente la prórroga de las anotaciones letras A, B y C de dicha finca. Teniendo en cuenta el art. 86 de L.H. y la suspensión de los plazos Registrales de prescripción y caducidad ordenada por el Real Decreto-ley 21/2020 de 9 de junio y la interpretación que del mismo realiza la resolución de la D.G.S.J.F.P. de 11 de junio de 2020, las anotaciones de embargo que se pretende prorrogar, ha caducado. Fundamentos de Derecho. Se deniega la práctica de la anotación de prórroga de los embargos objeto de las anotaciones letras A, B y C de dicha finca, por estar incursas en caducidad al haber transcurrido cuatro años. cve: BOE-A-2026-14984 Verificable en https://www.boe.es Hechos.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14984.pdf
