# Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Villacarriedo a inscribir una permuta.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-09
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-14983
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-09/resolucion-25-marzo-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-negativa-registradora-propiedad-GpPkj8
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14983.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 166 Jueves 9 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 95557 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 14983 Resolución de 25 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Villacarriedo a inscribir una permuta. En el recurso interpuesto por doña E. M. D. C., en nombre y representación de la mercantil «2.0 Atenea Inversión, S.L.», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Villacarriedo, doña Carolina Caballería Luna, a inscribir una permuta. Hechos I Mediante contrato de permuta celebrado entre el Ayuntamiento de Villafufre y la mercantil «Técnicas Renovables del Centro, S.L.», debidamente representados, permutaban un «camino público» y una «parcela (…) con referencia catastral 39100003009320000LP». II Presentado el día 4 de julio de 2025 dicho contrato de permuta en el Registro de la Propiedad de Villacarriedo, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Asiento: 1776 del Diario 2025 Calificado el precedente documento de acuerdo con los artículos 18 y concordantes de la Ley Hipotecaria y los pertinentes del Reglamento para su ejecución, se hace constar que no se practican los asientos solicitados, en base a los siguientes Hechos y Fundamentos de Derecho. a) Hechos. Primero: se presenta un informe de desafectación de un camino público no inscrito en el registro con referencia catastral 39100A009009980000LT firmado electrónicamente por la Secretaria del Ayuntamiento. Segundo: se presenta contrato privado de permuta en el que se expone lo siguientes: Que el ayuntamiento de Villafufre es propietario del camino publico ubicado en el Pueblo de Sandoñana, ubicado entre las referencias catastrales 000600900VN29B0001BB y 39100A009009310000LQ a la que se le ha dotado con referencia catastral 39100A009009980000LT. Que, asimismo, Técnicas Renovables del Centro S.L es propietaria de una parcela con referencia catastral 39100A003009320000LP, la cual es parte afectada por el cambio de trazado del camino publico antes mencionado. cve: BOE-A-2026-14983 Verificable en https://www.boe.es Bajo el asiento 1776 del Diario 2025 el día 30/11/2023/ E. M. D. C. presenta en persona a las diez horas y doce minutos, contrato de permuta de fecha treinta de noviembre del año dos mil veintitrés, a los únicos efectos de inscribir la finca con referencia catastral 39100A009009980000LT, resultado de cesión en permuta a Técnicas Renovables del Centro, S.L. por parte del Ayuntamiento de Villafufre. Se acompaña de informe de desafección.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/09/pdfs/BOE-A-2026-14983.pdf
