# Acuerdo de 2 de julio de 2026, de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por el que se publica la Resolución por la que se determina la tarifa general para operadores de televisión por la comunicación y reproducción de fonogramas publicados con fines comerciales.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-11
- **Organismo:** Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Propiedad intelectual.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15194
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-11/acuerdo-2-julio-2026-seccion-primera-comision-propiedad-intelectual-que-publica-resolucion-que-determina-N4pLpX
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/11/pdfs/BOE-A-2026-15194.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 168 Sábado 11 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 97131 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CULTURA 15194 Acuerdo de 2 de julio de 2026, de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, por el que se publica la Resolución por la que se determina la tarifa general para operadores de televisión por la comunicación y reproducción de fonogramas publicados con fines comerciales. En su reunión celebrada el 2 de julio de 2026, la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual ha aprobado la resolución por la que se determina la tarifa general para operadores de televisión por la comunicación pública y reproducción de fonogramas publicados con fines comerciales, que pone fin al procedimiento de determinación de tarifas E-2023-001. En virtud de lo establecido en el artículo 194.3 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y en el artículo 24.2 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida resolución, cuyo extracto figura como anexo a este acuerdo. El texto íntegro de la resolución se encuentra publicado en la siguiente dirección electrónica: https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/propiedadintelectual/mc/s1cpi/ resoluciones.html. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.2 del Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, la resolución será aplicable a partir del día siguiente al de su publicación, con alcance general para todos los titulares y obligados y a las propias entidades de gestión, respecto de la misma modalidad de explotación de obras y prestaciones e idéntico sector de usuarios. Madrid, 2 de julio de 2026.–La Secretaria de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual, P. S. (Resolución de 29 de junio de 2026), la Jefa de Área de la Subdirección General de Propiedad Intelectual, María José Gabaldón García. ANEXO Resolución de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual por la que se determina la tarifa general para operadores de televisión por la comunicación y reproducción de fonogramas publicados con fines comerciales V. RESUELVE V.1. Determinación de la tarifa controvertida. 828. Son sujetos obligados al pago de la tarifa general determinada en esta resolución los operadores de televisión en abierto y los operadores de televisión de pago tradicionales que realicen los actos de explotación de los derechos sujetos a la tarifa. 829. Los actos de explotación de los derechos sujetos a la tarifa son los de comunicación pública de fonogramas publicados con fines comerciales o reproducciones cve: BOE-A-2026-15194 Verificable en https://www.boe.es (Los apartados de la resolución relativos a los antecedentes de hecho, pretensiones de las partes e interesados, fundamentación jurídica y fundamentación económica no son objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El texto íntegro de la resolución se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Cultura)

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/11/pdfs/BOE-A-2026-15194.pdf
