# Resolución de 6 de julio de 2026, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se modifican la Resolución de 17 de enero de 2018, por la que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, y la Resolución de 19 de enero de 2023, por la que se amplía su vigencia.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-13
- **Organismo:** Ministerio de Sanidad. . III. Otras disposiciones. Personal estatutario de los servicios de salud.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15295
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-13/resolucion-6-julio-2026-instituto-nacional-gestion-sanitaria-que-modifican-resolucion-17-enero-2018-que-nzLlqV
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/13/pdfs/BOE-A-2026-15295.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 169 Lunes 13 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 97945 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD Resolución de 6 de julio de 2026, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se modifican la Resolución de 17 de enero de 2018, por la que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, y la Resolución de 19 de enero de 2023, por la que se amplía su vigencia. El 7 de diciembre de 2003 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatuario de los servicios de salud, que contempla como instrumento clave en materia de personal, dentro de cada servicio de salud, el Plan de Ordenación de Recursos Humanos. Así, el artículo 13 de la citada norma, lo define como el instrumento básico de planificación global de los mismos dentro de los servicios de salud, en el que se han de especificar los objetivos a conseguir en materia de personal, los efectivos y la estructura de recursos humanos que se consideren adecuados para cumplir tales objetivos, pudiendo a su vez establecer las medidas necesarias para conseguir dicha estructura, especialmente en materia de cuantificación de recursos, programación del acceso, movilidad geográfica y funcional, promoción y reclasificación profesional. Por su parte, el artículo 12.1 establece que la planificación de los recursos humanos estará orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios. Mediante Resolución de 17 de enero de 2018 (BOE número 27, de 30 de enero de 2018), del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (en adelante, el INGESA), se aprobó el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA, junto a sus anexos, entrando en vigor al día siguiente de su publicación, y durante un quinquenio, es decir, con una vigencia temporal hasta el 30 de enero de 2023. La vigencia de dicho Plan fue ampliada por Resolución de 19 de enero de 2023 (BOE número 23, de 27 de enero de 2023), del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se amplía la Vigencia del Plan de Ordenación de Recursos Humanos, por un periodo inicial de tres meses, estableciéndose su prórroga automática hasta la finalización del proceso negociador para la actualización del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El proceso negociador se dio por concluido en enero 2026, estando el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud en fase de información y audiencia pública hasta el 26 de junio de 2026. La prolongación del proceso de negociación, iniciado en ejecución de la disposición adicional primera del Real Decreto‑ley 12/2022, de 5 de julio y tramitación normativa, se ha visto condicionado por la complejidad técnica y normativa inherente a la revisión integral del marco estatutario. Es decir, si bien se ha dado por concluido el proceso negociador, no se ha producido hasta la fecha una actualización de la norma clave (Ley 55/2003) con la que se llevaría a cabo una revisión completa del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del INGESA. Ahora bien, la necesidad de garantizar una planificación ordenada de los recursos humanos del INGESA hacen conveniente adaptar determinados aspectos del Plan relativos a establecer el orden de cese del personal desplazado como consecuencia de los procesos selectivos o movilidad y su régimen de vigencia, garantizando la continuidad y seguridad jurídica de la gestión del personal estatutario del INGESA. Por otro lado, la precitada Ley 55/2003, de 16 de diciembre, en el artículo 80, referido a Pactos y Acuerdos, establece en el apartado 1, que, en el seno de las mesas de cve: BOE-A-2026-15295 Verificable en https://www.boe.es 15295

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/13/pdfs/BOE-A-2026-15295.pdf
