# Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2026 de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo por la que se convocan subvenciones en concurrencia competitiva para acciones y proyectos de cooperación técnica en materia de Memoria, construcción de paz y resolución de conflictos, en el marco del Programa Democracia con cargo al presupuesto de 2026

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-14
- **Organismo:** Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-24116
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-14/extracto-resolucion-7-julio-2026-direccion-agencia-espanola-cooperacion-internacional-desarrollo-que-convocan-subvenciones-nzLwwg
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/14/pdfs/BOE-B-2026-24116.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 170 Martes 14 de julio de 2026 Sec. V-B. Pág. 38500 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN 24116 Extracto de la Resolución de 7 de julio de 2026 de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo por la que se convocan subvenciones en concurrencia competitiva para acciones y proyectos de cooperación técnica en materia de Memoria, construcción de paz y re solución de conflictos, e n e l marco de l Programa De mocracia con cargo al pre supue sto de 2026 BDNS(Identif.):918392 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 918392) Primero. Entidades Beneficiarias: a) Personas jurídicas sin ánimo de lucro, públicas o privadas, españolas, legalmente constituidas, que por razón de sus fines, objeto o ámbito de actividad puedan llevar a cabo actuaciones en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo que fundamentan el otorgamiento de la subvención. b) Agrupaciones sin personalidad jurídica compuestas por personas jurídicas públicas o privadas españolas, legalmente constituidas, que cumplan las obligaciones y requisitos que para las mismas establece el Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global, los artículos 11.3 y 53 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 3.3 de la Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. c) Órganos de la Administración General del Estado. f) Órganos de las administraciones de las comunidades autónomas. g) Entidades que integran el sector público autonómico, entre las que se incluyen las Universidades públicas transferidas. h) Órganos de las administraciones de las Corporaciones locales y forales establecidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Se incluirán, además de los recogidos en la LBRL, sociedades, organismos autónomos, asociaciones, consorcios, fundaciones y entidades públicas empresariales vinculadas al sector público local. Segundo. Objeto: cve: BOE-B-2026-24116 Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde d) Entidades que integran el sector público institucional estatal y, están contempladas en el artículo 84.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, entre las que se incluyen las Universidades públicas no transferidas.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/14/pdfs/BOE-B-2026-24116.pdf
