# Resolución de 9 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de A Rúa, en materia de seguridad.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-15
- **Organismo:** Ministerio Del Interior. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15438
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-15/resolucion-9-julio-2026-secretaria-general-tecnica-que-publica-convenio-secretaria-estado-seguridad-ayuntamiento-no9w2B
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/15/pdfs/BOE-A-2026-15438.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 171 Miércoles 15 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 99443 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DEL INTERIOR 15438 Resolución de 9 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de A Rúa, en materia de seguridad. Habiéndose suscrito el 7 de julio de 2026 el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de A Rúa en materia de seguridad, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 9 de julio de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez. ANEXO Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de A Rúa, en materia de seguridad En Madrid, a 7 de julio de 2026. REUNIDAS De una parte, doña Ana María Calvo Sastre, Secretaria de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 435/2025, de 3 de junio de 2025, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y, de otra parte, doña María González Albert, Alcaldesa del Ayuntamiento de A Rúa (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de junio de 2023, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente convenio en praza José Antonio Míguez, 1, 32350 (A Rúa). Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto, EXPONEN Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública. Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, la Secretaría de Estado de Seguridad. Por otro lado, a la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, según el artículo 2.1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, corresponde el ejercicio de las funciones a las que se refiere el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en cve: BOE-A-2026-15438 Verificable en https://www.boe.es Primero.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/15/pdfs/BOE-A-2026-15438.pdf
