# Orden PJC/729/2026, de 14 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/550/2026, de 25 de mayo, en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15469
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-16/orden-pjc7292026-14-julio-que-resuelve-convocatoria-libre-designacion-efectuada-orden-pjc5502026-25-mayo-institutos-medicina-legal-GDaZxB
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15469.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 16 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 99772 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15469 Orden PJC/729/2026, de 14 de julio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden PJC/550/2026, de 25 de mayo, en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Por Orden PJC/550/2026, de 25 de mayo, se convocó la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, una vez acreditada la observancia del procedimiento debido y el cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos y especificaciones exigidas en la convocatoria, Este Ministerio acuerda: Primero. Resolver la referida convocatoria adjudicando los puestos convocados a los funcionarios que en el anexo se relacionan. El mandato de los puestos de dirección se extenderá a un plazo de cinco años renovable, en su caso, por períodos iguales. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y de Melilla en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es de origen como de destino. Cuando el adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles. Para el personal que esté desempeñando un puesto de trabajo en comisión de servicio, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por localidad del funcionario aquella en la que esté prestando servicios efectivamente. El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados. Tercero. Al personal nombrado con carácter definitivo para un puesto de libre designación, se le reservará, durante el tiempo que ocupe dicho puesto de libre designación, el puesto singularizado que hubiere ocupado con anterioridad a dicho nombramiento, siempre que cve: BOE-A-2026-15469 Verificable en https://www.boe.es Segundo.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15469.pdf
