# Real Decreto 591/2026, de 15 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15459
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-16/real-decreto-5912026-15-julio-que-regula-concesion-directa-subvencion-comunidad-autonoma-canarias-financiacion-funcionamiento-N4pd3e
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15459.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 16 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 99654 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO Real Decreto 591/2026, de 15 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio. El agua es un elemento imprescindible en el desarrollo económico y social de los territorios y el bienestar de las poblaciones. Consecuencia de ello, el aprovisionamiento y uso del agua es uno de los principales retos a los que se enfrenta la humanidad al tratarse de un recurso natural escaso en su estado de potabilidad en relación con una demanda creciente. Ese carácter de recurso esencial para el planeta ha determinado que el recurso hídrico centre las actuaciones incluidas en el objetivo número seis: «Agua limpia y saneamiento» y en el número catorce: «Vida submarina» de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de Naciones Unidas, representando el agua, su suministro y gestión racional, además, un elemento transversal imprescindible para lograr el cumplimiento del resto de ODS. El agua en Canarias es un recurso escaso y este hecho ha condicionado la vida del archipiélago a lo largo de la historia, convirtiendo la gestión de este recurso en un elemento esencial para el desarrollo económico y social de las islas. Por todo ello, el archipiélago canario, debido a su naturaleza como territorio insular y a su irregularidad en la distribución del recurso hídrico, recurre desde hace tiempo a modelos de gestión sostenibles del agua que benefician su propio desarrollo y preservan el recurso hídrico. En todo caso, la gestión en la obtención y el suministro de este recurso plantea una espiral creciente de costes que se ve agravada en los territorios insulares con mínima pluviometría, como es el caso de Canarias. Esta circunstancia motiva que haya habido que adoptar medidas para disminuir dicho coste y facilitar, así, la accesibilidad a los recursos hídricos para la población y el desarrollo de las actividades económicas. Consecuencia de todo ello, en territorios como las islas Canarias que precisan de actuaciones de desalación de agua de mar, esta actividad sigue requiriendo ser subvencionada al objeto de abaratar el precio final del agua potable, tratando de aproximar su precio al precio medio del agua en la Península. Hay que tener en cuenta que estas actuaciones no solo garantizan la suficiencia y calidad de los recursos hídricos, sino también incentivan los sistemas de potabilización más eficientes. Por todo lo dicho, en el presente real decreto se contempla un año más la subvención que desde 1983 se viene concediendo por la actividad de desalación de agua de mar en las Islas Canarias, con el objeto de facilitar el acceso de la población de este territorio a este bien tan preciado, así como hacer esta importante actuación de manera eficiente. Durante los primeros años se venía subvencionando la actividad de desalación de agua de mar en las islas Canarias por el entonces Ministerio de Industria y Energía. En el año 1997, sin embargo, el control y distribución de estas subvenciones pasó a ser competencia del Ministerio de Medio Ambiente, atribuyéndose nuevamente, a partir del año 2013, la competencia para la distribución y la concesión de las subvenciones al Ministerio de Industria, Energía y Turismo con el objetivo no sólo de garantizar la suficiencia y calidad de los recursos hídricos, sino también de incentivar los sistemas de potabilización más eficientes, considerando un uso racional del agua, particularmente desde el punto de vista energético, impulsando así la eficacia en todo el proceso de abastecimiento de agua a la población. cve: BOE-A-2026-15459 Verificable en https://www.boe.es 15459

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15459.pdf
