# Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación realizada por la registradora de la propiedad de Medina del Campo-Nava del Rey denegando la inscripción de un acuerdo transaccional homologado mediante auto judicial.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15535
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-16/resolucion-15-abril-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-calificacion-realizada-registradora-N0YgVq
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15535.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 16 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 100146 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15535 Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación realizada por la registradora de la propiedad de Medina del Campo-Nava del Rey denegando la inscripción de un acuerdo transaccional homologado mediante auto judicial. En el recurso interpuesto por don M. V. M. A., en nombre y representación de don A. B. M., contra la calificación realizada por la registradora de la Propiedad de Medina del Campo-Nava del Rey, doña Cristina González Hernández, denegando la inscripción de un acuerdo transaccional homologado mediante auto judicial. Hechos I Se dictó, el día 6 de noviembre de 2024, auto por doña María Esther Cadenas Acebes, Magistrada-Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Medina del Campo, en el procedimiento de juicio ordinario número 15/2024, por el que se acordaba «homologar la transacción solicitada por las partes». II Presentado el día 22 de diciembre de 2025 dicho auto en el Registro de la Propiedad de Medina del Campo-Nava del Rey, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Medina del Campo, a fecha de la firma electrónica. Primero.–Con fecha 22 de diciembre de 2025 fue presentada en este Registro de la Propiedad auto 266/2024 dictado por doña María Esther Cadenas Acebes, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Medina de Campo el día seis de noviembre de 2024, en autos de juicio ordinario 15/2024, bajo asiento 3270 del Diario 2025. Con fecha 9 de enero de 2026, se liquidó el impuesto. Número de Entrada: 6628/2025. Segundo.–En el documento indicado se homologa la transacción entre doña A. E. L. F. M. y don F. J. L. F. M., por un lado, y por otro don A. B. M. y doña V. E. R. Tercero.–Conforme a los artículos 18 de la Ley Hipotecaria y 98 del Reglamento Hipotecario “los Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y de los asientos del Registro y del mismo modo apreciará la no expresión, o la expresión sin la claridad suficiente, de cualquiera de las circunstancias que, según la ley y este reglamento, debe contener la inscripción, bajo pena de nulidad”. En el día de la fecha el documento al que se refiere el apartado anterior ha sido calificado por la Registradora que suscribe apreciando la existencia de defectos que impiden la práctica del asiento. cve: BOE-A-2026-15535 Verificable en https://www.boe.es Antecedentes de hecho.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15535.pdf
