# Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Teguise, por la que se suspende la cancelación por caducidad de la nota marginal practicada con ocasión de la inscripción de declaración de obra nueva, por no haberse acreditado la correspondiente licencia urbanística.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15515
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-16/resolucion-6-abril-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-registrador-N4pdza
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15515.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 16 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 99980 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15515 Resolución de 6 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Teguise, por la que se suspende la cancelación por caducidad de la nota marginal practicada con ocasión de la inscripción de declaración de obra nueva, por no haberse acreditado la correspondiente licencia urbanística. En el recurso interpuesto por don J. F. R. M., en nombre y representación de la entidad Triana Tres Arrecife, SL, contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Teguise, don Javier Regúlez Luzardo, por la que se suspende la cancelación por caducidad de la nota marginal practicada con ocasión de la inscripción de declaración de obra nueva, por no haberse acreditado la correspondiente licencia urbanística. Hechos Mediante instancia privada, de fecha 9 de diciembre de 2025, se solicitaba la cancelación por caducidad de la nota marginal de irregularidad urbanística extendida en el historial registral de la finca registral 10.940 de Haría, practicada en el año 1994 con ocasión de la inscripción de declaración de obra nueva, por no haberse acreditado la correspondiente licencia urbanística. La instancia aparecía suscrita por don J. A. R. C., en nombre y representación de la entidad Bodegas Stratus, SL, que, según se manifestaba, ostentaba la condición de administradora solidaria de la entidad Triana Tres Arrecife, SL, titular registral de la citada finca. La firma figuraba legitimada notarialmente. La solicitud de cancelación se fundamentaba en el «artículo 15.2 de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial». La finca se describía en el Registro de la Propiedad de Teguise de la siguiente manera: «Rústica.–Casa de una sola planta en (…) del término municipal de Haría, con una superficie de trescientos treinta y tres metros cuadrados y consta de dos dormitorios, cocina, salón, dos baños, despensa, un almacén, dos aljibes y un patio descubierto de ciento veinte metros cuadrados y un pajar. Está construida sobre una porción de terreno de una hectárea treinta y seis áreas y noventa y cinco centiáreas. Linda: (…)» El texto de la notar marginal era el siguiente: «El acto a que se refiere la inscripción 3.ª de obra nueva está sujeto a licencia urbanística, y no habiéndose acreditado su obtención, se hace constar expresamente que esta finca está o puede estar en situación de irregularidad, dando lugar a las infracciones que preveé [sic] la Ley 7/1990 a la imposición de las multas e indemnizaciones que establece en sus artículos 8, 45 y 53-65, a la responsabilidad del titular registral, según el art. 39 y al procedimiento excepcional de urgencia que imponen los artículos 30-36, la legalidad de la situación Urbanística de esta finca no se acredita». cve: BOE-A-2026-15515 Verificable en https://www.boe.es I

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15515.pdf
