# Resolución de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no ser coincidentes los datos registrales de identificación de la finca con los contenidos en el título administrativo habilitante.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-16
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Recursos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15522
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-16/resolucion-8-abril-2026-direccion-general-seguridad-juridica-fe-publica-recurso-interpuesto-nota-calificacion-registrador-N16EYp
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15522.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 172 Jueves 16 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 100025 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15522 Resolución de 8 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Chiclana de la Frontera n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no ser coincidentes los datos registrales de identificación de la finca con los contenidos en el título administrativo habilitante. En el recurso interpuesto por don R. M. G. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2, don Diego Palacios Criado, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por no ser coincidentes los datos registrales de identificación de la finca con los contenidos el título administrativo habilitante. Hechos I Con fecha 20 de octubre de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2 una solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración de uso turístico. II Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Calificación registral correspondiente a la instancia privada para la Asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración, emitida el día 20/10/2025, por don R. M. G., en unión a Resolución de la Delegación Territorial de Cádiz por la que se inscribe en el Registro de Turismo de Andalucía con el Código VTAR/CA/(…) Primero.–Con fecha veinte de Octubre del año dos mil veinticinco, bajo el asiento 5865 del Diario 2025 del Diario, se ha presentado en este Registro de la Propiedad el indicado documento, en virtud del cual don R. M. G., solicita la asignación de número de registro de alquiler de corta duración para uso turístico sobre la finca registral número 75.722 del municipio de Chiclana de la Frontera. Segundo.–Calificado registralmente dentro de los límites previstos por los artículos 18 de la Ley Hipotecaria y 98 y siguientes de su Reglamento, se ha observado la existencia de los siguientes defectos que impide la inscripción del Número del Registro de Alquiler solicitados en base a lo siguiente: 1.º) La referencia catastral que se acompaña, número 5593001QA5259S0001BY, corresponde a una parcela construida sin división horizontal, perteneciente a varias personas, en la que existen construidas varias viviendas cuya dirección es (…), Chiclana de la Frontera y sin embargo, la finca registral 75.722, con CRU 11025000737806, sobre la que se solicita la asignación de numero de registro de alquiler de corta duración para cve: BOE-A-2026-15522 Verificable en https://www.boe.es Hechos

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/16/pdfs/BOE-A-2026-15522.pdf
