# Resolución de 24 de junio de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad San Pablo-CEU, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15636
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-17/resolucion-24-junio-2026-abogacia-general-estado-que-publica-convenio-universidad-san-pablo-ceu-desarrollo-practicas-5BadmR
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15636.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 173 Viernes 17 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 100752 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15636 Resolución de 24 de junio de 2026, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad San Pablo-CEU, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas. Con fecha 3 de junio de 2026, se ha suscrito Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad San Pablo-CEU para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. Madrid, 24 de junio de 2026.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez. ANEXO Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad San Pablo-CEU para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes REUNIDOS De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE n°148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8 d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. Y, de otra parte, don Ángel Bartolomé Muñoz de Luna, en calidad de Vicerrector de Estudiantes y Vida Universitaria, actuando en virtud de las facultades que le otorga el Decreto Rectoral 64/2019, de 21 de octubre, por el que se acuerda la delegación de firma de la Rectora de la Universidad San Pablo-CEU en relación con los convenios de cooperación educativa para la realización de prácticas académicas externas; en nombre y representación de la Universidad San Pablo-CEU, con domicilio en calle Isaac Peral, n.º 50, 28040 Madrid, y con NIF G-28423275. EXPONEN Primero. Que la Abogacía General del Estado adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo de los servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Reglamento del Servicio cve: BOE-A-2026-15636 Verificable en https://www.boe.es Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15636.pdf
