# Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Avatel Telecom, SA.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15640
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-17/resolucion-7-julio-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-ii-convenio-colectivo-avatel-telecom-sa-56bdQ9
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15640.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 173 Viernes 17 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 100775 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 15640 Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Avatel Telecom, SA. Visto el texto del II Convenio colectivo de la empresa Avatel Telecom, SA (Código de Convenio n.º 90104582012024), que fue suscrito con fecha 8 de abril de 2026, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por los sindicatos UGT, FETICO, y FSC-CC. OO., en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido definitivamente subsanado con fecha 24 de junio de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 7 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. II CONVENIO COLECTIVO AVATEL TELECOM, SA CAPÍTULO I Disposiciones generales El presente convenio colectivo constituye la expresión libremente adoptada por las partes en el ejercicio de su autonomía colectiva, y se ampara en la fuerza normativa que refiere el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores («Estatuto de los Trabajadores» o «LET», en adelante). En virtud del principio de no concurrencia dispuesto en el artículo 84 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, no se podrá invocar a ningún efecto la aplicabilidad de normas dimanantes de Convenios Colectivos de ámbito distinto, aun cuando anteriormente hubieran tenido vigencia en Avatel Telecom, SA (en adelante, la Compañía o la Empresa) o se hubieran aplicado con carácter supletorio o complementario en aquellas materias reguladas en el artículo 84.2 del ET o en las que el presente convenio sea más beneficioso que el convenio colectivo sectorial. No obstante, sin perjuicio de lo anterior, se reconoce la eficacia de los convenios colectivos provinciales vigentes y de aplicación en la Empresa a la fecha de la firma del cve: BOE-A-2026-15640 Verificable en https://www.boe.es Artículo 1. Naturaleza jurídica.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15640.pdf
