# Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo Nacional Taurino.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-17
- **Organismo:** Ministerio de Trabajo y Economía Social. . III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15645
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-17/resolucion-7-julio-2026-direccion-general-trabajo-que-registra-publica-vii-convenio-colectivo-nacional-taurino-GbZYlY
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15645.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 173 Viernes 17 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 100848 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL 15645 Resolución de 7 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo Nacional Taurino. Visto el texto del VII Convenio colectivo Nacional Taurino (código de Convenio n.º: 99001985011988), que fue suscrito con fecha 24 de abril de 2026, de una parte, por la organización empresarial ANOET, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FESMC-UGT y FSC-CC. OO., en representación del colectivo laboral afectado, y que ha sido finalmente subsanado mediante acta de fecha 26 de junio de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del mencionado VII Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 7 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. VII CONVENIO COLECTIVO NACIONAL TAURINO Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo, en el ejercicio de la autonomía colectiva reconocida en la legislación laboral vigente y con la finalidad de regular las condiciones de trabajo de las personas incluidas en su ámbito de aplicación, suscriben el presente texto, que se interpretará y aplicará conforme a los principios de buena fe, igualdad de trato, no discriminación y respeto mutuo, promoviendo unas relaciones laborales basadas en la equidad, la dignidad y la corresponsabilidad. El lenguaje empleado en el presente Convenio Colectivo se utiliza de forma respetuosa con el principio de igualdad y no discriminación. Las referencias realizadas en género masculino, femenino o en cualquier otra forma gramatical responderán exclusivamente a criterios de claridad, sencillez y economía del lenguaje, debiendo entenderse efectuadas de manera inclusiva a todas las personas, con independencia de su sexo, identidad o expresión de género, sin que ello pueda dar lugar a interpretación discriminatoria alguna. La aplicación e interpretación de este Convenio se realizará en todo momento conforme al principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y al resto de principios de no discriminación previstos en la legislación vigente. cve: BOE-A-2026-15645 Verificable en https://www.boe.es PREÁMBULO

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/17/pdfs/BOE-A-2026-15645.pdf
