# Acuerdo Administrativo entre España y el Reino Unido, con respecto a Gibraltar, sobre la manera en la que se llevarán a cabo las inspecciones fronterizas de Schengen y la vigilancia de fronteras, hecho en Madrid el 25 de junio de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-18
- **Organismo:** Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. . I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15668
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-18/acuerdo-administrativo-espana-reino-unido-respecto-gibraltar-manera-que-llevaran-cabo-inspecciones-fronterizas-schengen-vigilancia-N1637p
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/18/pdfs/BOE-A-2026-15668.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 18 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 101361 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN 15668 Acuerdo Administrativo entre España y el Reino Unido, con respecto a Gibraltar, sobre la manera en la que se llevarán a cabo las inspecciones fronterizas de Schengen y la vigilancia de fronteras, hecho en Madrid el 25 de junio de 2026. ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE ESPAÑA Y EL REINO UNIDO, CON RESPECTO A GIBRALTAR, SOBRE LA MANERA EN LA QUE SE LLEVARÁN A CABO LAS INSPECCIONES FRONTERIZAS DE SCHENGEN Y LA VIGILANCIA DE FRONTERAS El Reino de España (en lo sucesivo, «España») y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con respecto a Gibraltar (en lo sucesivo, «el Reino Unido, con respecto a Gibraltar»), denominados, conjuntamente, los «Participantes» e, individualmente, el «Participante», Tomando nota de que por «Acuerdo» se entiende el acuerdo con respecto a Gibraltar entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea», DOUE (L) n.º 1562, de 14 de julio de 2026; Tomando nota de que el presente acuerdo administrativo (en lo sucesivo, el «Acuerdo Administrativo») establece los aspectos prácticos a los que se refiere el artículo 33 del acuerdo y se celebra con arreglo a los principios establecidos en dicho acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido; y con sujeción a los mismos y, en particular, a lo dispuesto en su artículo 2; Recordando que España, como Estado miembro de Schengen vecino, será responsable, por razón del Derecho de la Unión, de realizar las inspecciones fronterizas de Schengen a la entrada y a la salida en el puerto y el aeropuerto; Recordando, además, que España es responsable, en virtud del Código de Fronteras Schengen, de impedir el cruce no autorizado de la frontera Schengen; Tomando nota del interés compartido de los Participantes por prevenir el cruce no autorizado y reconociendo que la cooperación puede contribuir a prevenir dicho cruce; Tomando nota, además, de que el presente Acuerdo Administrativo u otras disposiciones relacionadas con él, así como las medidas, instrumentos o conductas adoptados en aplicación o como resultado de ellos, o en virtud de ellos, se entienden sin perjuicio de las respectivas posiciones jurídicas del Reino de España o del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con la soberanía y la jurisdicción, y no afectarán de otro modo a dichas posiciones jurídicas ni servirán de base para ninguna afirmación o denegación de la soberanía, ni siquiera en procedimientos judiciales o de otro tipo; cve: BOE-A-2026-15668 Verificable en https://www.boe.es Tomando nota de que el presente Acuerdo Administrativo (en lo sucesivo, el «Acuerdo Administrativo»), o cualquier actividad o medida adoptada en aplicación o como consecuencia de este, no implica ninguna modificación de la posición jurídica del Reino de España ni del Reino Unido con respecto a la soberanía y la jurisdicción en relación con Gibraltar;

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/18/pdfs/BOE-A-2026-15668.pdf
