# Resolución de 7 de julio de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Cricket.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-18
- **Organismo:** Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. . III. Otras disposiciones. Federación Española de Cricket. Estatutos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15728
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-18/resolucion-7-julio-2026-presidencia-consejo-superior-deportes-que-publican-estatutos-federacion-espanola-cricket-ndP42a
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/18/pdfs/BOE-A-2026-15728.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 174 Sábado 18 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 101921 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES 15728 Resolución de 7 de julio de 2026, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Cricket. En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 18 de junio de 2026, ratificó los Estatutos de la Federación Española de Cricket, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de los Estatutos de la Federación Española de Cricket, contenida en el anexo a la presente resolución. Madrid, 7 de julio de 2026.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes. ANEXO Estatutos de la Federación Española de Cricket TÍTULO I Principios generales CAPÍTULO I Definición y régimen jurídico Artículo 1. La Federación Española de Cricket (en lo sucesivo, la FEC) es una entidad de naturaleza asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública, de duración indefinida, que tiene por objeto el fomento, la organización, la reglamentación, el desarrollo y la práctica en todo el territorio nacional de la modalidad deportiva del cricket/críquet. Dicha modalidad deportiva solo dispone de una especialidad. La FEC está integrada por federaciones autonómicas, clubes deportivos, deportistas, técnicos/as, jueces/as-árbitros, y por los otros colectivos que tengan por objeto la promoción o práctica de la mencionada modalidad deportiva o contribuyan a su desarrollo y se hallen integradas según lo dispuesto en los presentes Estatutos. Artículo 3. La FEC goza de personalidad jurídica propia y de plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, rigiéndose por la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, por las disposiciones de desarrollo reglamentario de ésta, por los presentes cve: BOE-A-2026-15728 Verificable en https://www.boe.es Artículo 2.

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/18/pdfs/BOE-A-2026-15728.pdf
