# Resolución de 2 de julio de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se establecen condiciones generales de compra de entradas y abonos.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-20
- **Organismo:** Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15837
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-20/resolucion-2-julio-2026-instituto-nacional-artes-escenicas-musica-que-establecen-condiciones-generales-compra-entradas-Nyr4aZ
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15837.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 175 Lunes 20 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 102443 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CULTURA 15837 Resolución de 2 de julio de 2026, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se establecen condiciones generales de compra de entradas y abonos. El día 18 de diciembre de 2025 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, la Resolución de 12 de diciembre de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo. Dicha resolución configuró el marco económico aplicable a las actividades desarrolladas por las unidades del INAEM, estableciendo criterios homogéneos para la fijación de tarifas, descuentos, abonos y demás contraprestaciones vinculadas a la programación artística del organismo. No obstante, desde su entrada en vigor se ha puesto de manifiesto la necesidad de complementar el régimen allí previsto con una regulación de las condiciones generales de compra de entradas y abonos. Estas condiciones –referidas, entre otros extremos, a cambios o modificaciones de programación, devoluciones por causas justificadas, requisitos para aplicar descuentos, validez de las entradas, medidas de seguridad y derechos de admisión– resultan indispensables para garantizar una relación transparente entre el público y el organismo. La presente resolución se aprueba, por tanto, con el objeto de integrar y completar la regulación establecida en la Resolución de 12 de diciembre de 2025, dotando al conjunto del sistema de precios y condiciones de venta de una mayor coherencia interna, claridad normativa y seguridad jurídica. Con ello, se atiende a la necesidad de disponer de un marco actualizado que permita ofrecer a los espectadores información completa y uniforme sobre las reglas aplicables a la compra, uso y gestión de sus localidades. Asimismo, esta regulación complementaria contribuye a reforzar la protección de las personas usuarias, al introducir previsiones detalladas sobre procedimientos de reclamación, plazos de devolución, acreditación de descuentos, acceso a los recintos y medidas de organización de aforos, en coherencia con el funcionamiento ordinario de las unidades de producción del INAEM. Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1989, de 13 de abril y en la Resolución de 12 de diciembre de 2025 del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, con informe favorable de la Abogacía del Estado, de fecha 9 de junio de 2026, resuelvo: 1. Los precios públicos de los espectáculos programados en salas de la titularidad del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM), así como los de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo son los que figuran en las correspondientes Resoluciones, debidamente publicadas en el «Boletín Oficial del Estado.» En particular, será de aplicación la Resolución de 12 de diciembre de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se fijan los precios públicos de los espectáculos programados en salas de su titularidad, así como el de determinados servicios prestados por centros dependientes del organismo, y el resto de resoluciones que la complementen, modifiquen o deroguen. cve: BOE-A-2026-15837 Verificable en https://www.boe.es Apartado primero. Aprobación de las condiciones generales de compra de entradas y abonos del Instituto Nacional de las Artes escénicas y de la Música.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15837.pdf
