# Resolución de 8 de julio de 2026, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-20
- **Organismo:** Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . III. Otras disposiciones. Delegación de competencias.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15841
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-20/resolucion-8-julio-2026-instituto-nacional-seguridad-social-delegacion-competencias-n8XV7Z
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15841.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 175 Lunes 20 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 102472 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES Resolución de 8 de julio de 2026, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias. La Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias, contempla la delegación en los órganos centrales y provinciales de dicha entidad del ejercicio de diversas competencias de la persona titular de la Dirección General referidas a distintas materias, con la finalidad de mejorar su eficacia. La citada resolución fue modificada por la de 14 de marzo de 2025, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, concretamente en relación con la delegación de competencias en materia de formación. Pues bien, nuevamente la experiencia gestora adquirida desde la aprobación de las citadas resoluciones aconseja modificar, tanto en el ámbito de los órganos centrales del Instituto Nacional de la Seguridad Social como en el de sus direcciones provinciales, la delegación de competencias en distintas materias. Así, se estima oportuno completar el apartado 3.a) del resuelve primero de la Resolución de 29 de septiembre de 2022, incluyendo dentro de las competencias delegadas en la persona titular de la Subdirección General de Gestión EconómicoPresupuestaria y Estudios Económicos la facultad de celebrar contratos de servicios de redacción de proyecto y dirección de obra en el ámbito de las direcciones provinciales, cuando se encuentren vinculados a contratos de obras cuya competencia corresponda a la persona titular de la Dirección General de la entidad. Por otro lado, se completa la delegación de competencias en la persona titular de la Subdirección General de Gestión Económico-Presupuestaria y Estudios Económicos ya prevista en el apartado 3.c) del resuelve primero de la Resolución de 29 de septiembre de 2022, en relación con los expedientes de arrendamiento de inmuebles por parte de los servicios centrales de la entidad que no superen la cuantía de 900.000 euros. Y ello con el fin de que la citada delegación, actualmente referida a la facultad para iniciar el expediente y aprobar y comprometer el gasto comprenda, además, la de dictar resolución convocando el concurso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.2, en relación con el 9.3 a), ambos del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre Patrimonio de la Seguridad Social. También se indica expresamente que la delegación a que se refiere el citado apartado c) incluye la facultad de iniciar expedientes de adquisición o arrendamiento de inmuebles en el ámbito de cualquier dirección provincial, excluyendo esta competencia de las facultades delegadas en las personas titulares de las direcciones provinciales, siempre que no se supere la cuantía de 900.000 euros. Por otra parte, se añade la delegación en la persona titular de la Subdirección General de Gestión de Prestaciones de la facultad de dictar el acto administrativo para autorizar y comprometer los gastos, reconocer y liquidar las obligaciones y efectuar la propuesta de pago, y los reintegros al presupuesto de gastos, en relación con las nóminas de la compensación de víctimas del amianto. En el ámbito provincial, se introducen las siguientes modificaciones. En primer lugar, se procede a revisar los límites cuantitativos de la delegación en los titulares de las direcciones provinciales de la facultad para celebrar contratos de ejecución de obras. La necesidad de acometer con inmediatez actuaciones de conservación y reparación en la extensa red de centros de la Seguridad Social, unida a cve: BOE-A-2026-15841 Verificable en https://www.boe.es 15841

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15841.pdf
