# Resolución de 8 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 29 de mayo de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-20
- **Organismo:** Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15754
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-20/resolucion-8-julio-2026-secretaria-estado-seguridad-social-pensiones-que-resuelve-convocatoria-libre-designacion-efectuada-resolucion-5Aa1k1
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15754.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 175 Lunes 20 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 102081 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 15754 Resolución de 8 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 29 de mayo de 2026. Por Resolución de 29 de mayo de 2026 (BOE de 9 de junio) se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Esta Secretaria de Estado ha dispuesto: Primero. Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos que se señalan en el anexo adjunto. Segundo. La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del reglamento anteriormente citado. Tercero. Madrid, 8 de julio de 2026.–El Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, P. D. (Orden ISM/1245/2024, de 7 de noviembre), la Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Blanca Breñosa Sáez de Ibarra. cve: BOE-A-2026-15754 Verificable en https://www.boe.es Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/20/pdfs/BOE-A-2026-15754.pdf
