# Acuerdo de 15 de junio de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13 de mayo de 2026, sobre normas de reparto de la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-22
- **Organismo:** Consejo General Del Poder Judicial. . III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15996
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-22/acuerdo-15-junio-2026-comision-permanente-consejo-general-poder-judicial-que-publica-acuerdo-sala-gobierno-tribunal-nwx1y0
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/22/pdfs/BOE-A-2026-15996.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 177 Miércoles 22 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 103376 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 15996 Acuerdo de 15 de junio de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 13 de mayo de 2026, sobre normas de reparto de la Sección de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal de Instancia de Valencia. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 15 de junio de 2026, toma conocimiento y ordena hacer público el acuerdo de Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 13 de mayo de 2026, sobre normas de reparto de la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia de Valencia. Normas de reparto Sección de lo Contencioso-administrativo Los asuntos contenciosos se repartirán informáticamente entre todas las plazas de la Sección, por las clases de registro que se acompañan como anexo, conforme a las siguientes normas: 1. Reparto especializado de determinadas clases. En atención a las especialidades asignadas a las plazas judiciales, las anteriores clases se repartirán de forma igualitaria entre los de la misma especialidad, conforme a los siguientes bloques: Plazas n.º 1, 3 y 6: Clases: 302.01.01; 302.01.04; 303.01.01; 303.01.04. Plazas n.º 2, 4 y 9: Clases: 302.01.03.01; 302.01.03.02; 302.01.03.03; 302.01.03.04; 303.01.03.01; 303.01.03.02; 303.01.03.03 y 303.01.03.04. Plazas n.º 5,7,8, y 10: 302.03.04; 303.03.03.01; 303.03.03.02 y 303.03.03.03 (subclase a). Reparto uniforme de determinadas clases. Las restantes clases, en tanto no especializadas, se repartirán entre todas las plazas, salvo aquellas demandas que sean turnadas por antecedentes, o las demandas o solicitudes de ejecución, que se repartirán a la plaza judicial que haya dictado la resolución cuya ejecución se pide. Los asuntos en materia de licencia de actividad que no conlleven a su vez licencia urbanística quedan incluidos en la clase de reparto 308. De conllevar licencia urbanística se repartirán por la clase 302 01 03 01 o la clase 303 01 03 01. Los asuntos de clase 304.04 y 308 se repartirán de forma sucesiva y no aleatoria entre las plazas destinatarias de los mismos. 3. Reparto especial durante el turno de guardia de extranjería. La plaza que se halle en cada momento en periodo de guardia de extranjería conforme al calendario anualmente fijado por la Junta de Jueces/zas, recibirá por reparto cve: BOE-A-2026-15996 Verificable en https://www.boe.es 2.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/22/pdfs/BOE-A-2026-15996.pdf
