# Orden PJC/739/2026, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden PJC/427/2026, de 20 de abril, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-22
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-15946
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-22/orden-pjc7392026-14-julio-que-modifica-orden-pjc4272026-20-abril-que-resuelve-definitivamente-concurso-traslados-personal-nm94ob
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/22/pdfs/BOE-A-2026-15946.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 177 Miércoles 22 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 103276 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 15946 Orden PJC/739/2026, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden PJC/427/2026, de 20 de abril, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre. 1.º Excluir del concurso de traslados por no reunir el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2 de la convocatoria, a la funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, doña M.ª Soledad López Bernabé, con NIF ***9831**, que se le había adjudicado destino en el Servicio Común de Tramitación – Tramitación PA SCT TI (GU) Hellín (Albacete) – Id Puesto 50360668; debiendo volver a su destino de origen en el Servicio Común de Tramitación – Tramitación SCT TI Cuenca – ID Puesto 50391804. 2.º Excluir del concurso de traslados por no reunir el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2 de la convocatoria, a la funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, doña Rocío Sánchez Sáez, con NIF ***7852**, que se le había adjudicado destino en la Oficina General del Registro Civil – Gestión PA Registro Civil (OJ) (GU)-Almansa (Albacete) Id Puesto 50360588; debiendo volver a su destino de origen en el Servicio Común de Tramitación Gestión PA SCT TI (GU) Villanueva de los Infantes (Ciudad Real) – ID Puesto 50360798. 3.º Excluir del concurso de traslados por no reunir el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2 de la convocatoria, al funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, don Jerónimo Fernández García, con NIF ***2236**, que se le había adjudicado destino en la Oficina General del Registro Civil – Tramitación PA Registro Civil Molina de Segura (Murcia) Id Puesto 50358222; debiendo volver a su destino de origen en el Servicio Común de Tramitación – Tramitación PA SCT TI (GU) Orgaz (Toledo) – ID Puesto 50360910. cve: BOE-A-2026-15946 Verificable en https://www.boe.es En la Orden PJC/427/2026 de 20 de abril, por la que se resolvía definitivamente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre) se ha observado que se ha adjudicado destino a determinado personal funcionario que no cumplía el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2, de la convocatoria del concurso (Artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), es decir, que en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias no había transcurrido el período de dos años desde la fecha en la que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que obtuvieron su último destino definitivo en el Cuerpo o Escala desde el que participa, o la resolución en la que se les adjudicó destino definitivo, si se trata de personal funcionario de nuevo ingreso. Por lo anterior, según lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a continuación la oportuna modificación:

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/22/pdfs/BOE-A-2026-15946.pdf
