# Orden de 6 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que superó el proceso selectivo, convocado por Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** Comunidad Autónoma Del País Vasco. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16022
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-23/orden-6-julio-2026-departamento-justicia-derechos-humanos-que-otorga-destino-personal-funcionario-cuerpo-medicos-forenses-que-supero-N16lME
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16022.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 178 Jueves 23 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 103672 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO 16022 Orden de 6 de julio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses que superó el proceso selectivo, convocado por Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre. De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, esta Comunidad ha resuelto adjudicar destinos en los órganos que se relacionan en anexo a los integrantes del Cuerpo de Médicos Forenses nombrados funcionarios de carrera por Orden de 6 de julio de 2026 teniendo en cuenta lo siguiente: Primero. Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses a los que se les otorga destino en esta orden deberán tomar posesión en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado reglamento y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Segundo. El personal funcionario interino que actualmente ocupe plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular. Tercero. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, aquellos participantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión. El personal funcionario del Cuerpo de Médicos Forenses a los que se otorga destino en virtud de esta orden no podrá participar en concurso de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Contra la presente orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, o contencioso- cve: BOE-A-2026-16022 Verificable en https://www.boe.es Cuarto.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16022.pdf
