# Orden PJC/740/2026, de 6 de julio, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses a las personas que han superado el proceso selectivo, convocado por Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Nombramientos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16020
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-23/orden-pjc7402026-6-julio-que-nombra-personal-funcionario-cuerpo-nacional-medicos-forenses-personas-que-han-superado-proceso-selectivo-convocado-nvq1aB
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16020.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 178 Jueves 23 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 103667 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES 16020 Orden PJC/740/2026, de 6 de julio, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo Nacional de Médicos Forenses a las personas que han superado el proceso selectivo, convocado por Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre. De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, aprobado por el Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, en el artículo 27 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y la base 10 de la Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre. Este Ministerio ha resuelto: Primero. Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Médicos Forenses a los opositores incluidos en el anexo I de la presente orden, del proceso selectivo convocado por Orden PJC/1446/2024, de 10 de diciembre, con expresión del número de orden que por las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo les corresponde para su integración en el Escalafón. Segundo. La presente orden que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998. En caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Madrid, 6 de julio de 2026.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre), la Secretaria General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago. cve: BOE-A-2026-16020 Verificable en https://www.boe.es Publicar en el anexo II de la presente orden, la integración en los subescalafones de los ámbitos territoriales de Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y País Vasco que concurrían por dichos ámbitos, con expresión de las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y en las pruebas de lenguas oficiales propias de estas comunidades autónomas.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16020.pdf
