# Resolución de 20 de julio de 2026, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para el apoyo a la gestión de las subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años, durante el periodo 2026-2027.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-23
- **Organismo:** Ministerio de Cultura. . III. Otras disposiciones. Entidades colaboradoras.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16081
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-23/resolucion-20-julio-2026-instituto-cinematografia-artes-audiovisuales-oa-que-convoca-procedimiento-concurrencia-seleccion-Gxd1ge
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16081.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 178 Jueves 23 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 104232 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CULTURA Resolución de 20 de julio de 2026, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para el apoyo a la gestión de las subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años, durante el periodo 2026-2027. El establecimiento de una política pública para incentivar la asistencia a las salas de cine de las personas de 65 o más años es un compromiso de la Administración que se aborda para cumplir con la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar y proteger el acceso de la ciudadanía a la cultura, establecida en el artículo 44 de la Constitución Española, y, asimismo, de acuerdo con el artículo 25 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2016/C 202/02), donde se reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural, así como con el reconocimiento que realizan instituciones como la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), según la cual el acceso a la cultura es fundamental en la consecución de un proceso de envejecimiento activo y saludable. En consonancia con lo anterior se inició el programa Cine Sénior, del que se han celebrado hasta el momento tres ediciones, con un éxito cada vez mayor, lo que justifica la importancia de continuar implementando la medida para el periodo 2026-2027, de manera que se siga avanzando hacia la consecución de los objetivos que impulsaron su inicio, y que son el apoyo a las salas de exhibición, como eslabón clave en la cadena cinematográfica y vehículo de acceso a la diversidad cultural, así como la protección y respeto del derecho de las personas mayores a participar en la vida social y cultural. Como consecuencia, se ha aprobado el Real Decreto 400/2026, de 20 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años durante el periodo 2026-2027 (en lo sucesivo, las bases reguladoras), cuyo objeto consiste en el otorgamiento de una subvención directa a las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica de toda España, para sufragar parte del precio de las entradas que se expidan a las personas de 65 o más años, de manera que puedan acceder al visionado de cualquiera de las películas programadas en las sesiones ordinarias de la sala beneficiaria por el precio de 2 euros, un día a la semana durante un año a contar desde la publicación de la resolución de concesión de las subvenciones. En el ámbito de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de Cultura la propuesta y ejecución de la política del gobierno en materia, entre otras, de actividades cinematográficas y audiovisuales. Asimismo, a través del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A. (ICAA), tiene atribuido el ejercicio de las funciones estatales que se determinan en la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y que, según establece su artículo 1, son la ordenación de los diversos aspectos sustantivos de la actividad cinematográfica y audiovisual desarrollada en España, la promoción y fomento de la producción, distribución y exhibición de obras cinematográficas y audiovisuales y el establecimiento, tanto de condiciones que favorezcan su creación y difusión como de medidas para la conservación del patrimonio cinematográfico y audiovisual, todo ello en un contexto de defensa y promoción de la identidad y la diversidad culturales. De acuerdo con lo anterior, en las bases reguladoras se establece como órgano concedente de las subvenciones a la Dirección General del ICAA y, asimismo, se cve: BOE-A-2026-16081 Verificable en https://www.boe.es 16081

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/23/pdfs/BOE-A-2026-16081.pdf
