# Resolución de 16 de julio de 2026, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con Goethe-Institut, eV, Madrid, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-25
- **Organismo:** Ministerio de Juventud E Infancia. . III. Otras disposiciones. Convenios.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16238
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-25/resolucion-16-julio-2026-instituto-juventud-que-publica-convenio-goethe-institut-ev-madrid-adopcion-determinados-beneficios-N16WRE
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/25/pdfs/BOE-A-2026-16238.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 180 Sábado 25 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 105487 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA 16238 Resolución de 16 de julio de 2026, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con Goethe-Institut, eV, Madrid, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo. Con fecha 14 de julio de 2026 se ha suscrito el convenio entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia y el Goethe-Institut, eV, Madrid para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Instrumentos de Cooperación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución. Madrid, 16 de julio de 2026.–La Directora General del Instituto de la Juventud, Margarita del Cisne Guerrero Calderón. ANEXO Convenio entre el organismo autónomo Instituto de la Juventud y el Goethe-Institut, eV, Madrid, para la adopción de determinados beneficios para los usuarios del Carné Joven Europeo En Madrid, a 14 de julio de 2026. REUNIDOS De una parte, doña Margarita del Cisne Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la Juventud del Ministerio de Juventud e Infancia (en adelante, Injuve) con domicilio social en la calle de José Ortega y Gasset, 71, 28006 de Madrid, actuando en nombre y representación de la misma en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 1123/2023, de 12 de diciembre (BOE de 13 de diciembre) y de las competencias establecidas en el artículo 14 del Estatuto del organismo autónomo Instituto Juventud, aprobado por Real Decreto 608/2025, de 8 de julio (BOE núm. 184 de 1 de agosto) por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud. De otra, doña Antonia Blau, Directora General del Goethe-Institut, eV, Madrid, con NIF W0326905G y domicilio social en la calle Zurbarán n.º 21, 28010 Madrid, que interviene en nombre y representación del Goethe-Institut, eV, Madrid en su calidad de representante legal del mismo según el poder W04624/20 de 15 de diciembre de 2020 en nombre de la junta directiva de Goethe-Institut, eV, representado por Rainer Pollack. EXPONEN Primero. Que al Injuve, corresponde, de acuerdo con lo determinado en el Real Decreto 608/2025, de 8 de julio, el ejercicio de funciones relacionadas con la promoción sociocultural, la cooperación, la comunicación, la participación, la información de la juventud y, en general, la ejecución de las políticas del Ministerio de Juventud e Infancia, cve: BOE-A-2026-16238 Verificable en https://www.boe.es Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/25/pdfs/BOE-A-2026-16238.pdf
