# Resolución de 16 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-25
- **Organismo:** Ministerio de Igualdad. . III. Otras disposiciones. Violencia de género.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16237
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-25/resolucion-16-julio-2026-secretaria-estado-igualdad-erradicacion-violencia-mujeres-transferencias-desarrollo-GXPzy6
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/25/pdfs/BOE-A-2026-16237.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 180 Sábado 25 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 105200 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE IGUALDAD Resolución de 16 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2026. Vista la disposición final sexta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, relativa al cumplimiento del Pacto de Estado en materia de violencia de género. Vista la disposición final tercera del Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género, por la que se regula la distribución de los fondos destinados al cumplimiento del Pacto de Estado en materia de violencia de género, asignados a los ayuntamientos para programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género. Visto el Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre, por el que se actualizan las cuantías, los criterios y el procedimiento de distribución de las transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género. Vista la Resolución de transferencias de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado en materia de violencia de género para el ejercicio 2024, de 11 de julio de 2024. Resultando que la financiación de los fondos para el desarrollo del Pacto de Estado en materia de violencia de género a gestionar por las entidades locales se efectúa con cargo a la aplicación presupuestaria 30.02.232C.460, de «Transferencias corrientes para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las Entidades Locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género», consignada en el presupuesto de gastos de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres para 2026, por importe de 40.000.000,00 de euros, según lo dispuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024, en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2023, posteriormente prorrogados para 2025, en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2024 y, posteriormente, prorrogados para 2026, en virtud del Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 2025, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2026 de los Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2025. Considerando que la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres es competente para resolver la distribución de fondos a los que se refiere la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre. Considerando que para el cálculo de la distribución de fondos objeto de la presente resolución se ha de tener en cuenta el número de las entidades locales y su población y que se utilizan las cifras oficiales publicadas por el INE para el Censo Anual de Población, referidas al 1 de enero de 2025. Considerando que la participación de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la dotación presupuestaria para el desarrollo del Pacto de Estado en materia de violencia de género para las entidades locales se realizará de conformidad con lo establecido en su régimen de financiación específico. cve: BOE-A-2026-16237 Verificable en https://www.boe.es 16237

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/25/pdfs/BOE-A-2026-16237.pdf
