# Resolución de 21 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 18 de junio de 2026.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-27
- **Organismo:** Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. . II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16255
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-27/resolucion-21-julio-2026-secretaria-estado-migraciones-que-resuelve-convocatoria-libre-designacion-efectuada-resolucion-18-nm9Qee
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/27/pdfs/BOE-A-2026-16255.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 182 Lunes 27 de julio de 2026 Sec. II.A. Pág. 105585 II. AUTORIDADES Y PERSONAL A. Nombramientos, situaciones e incidencias MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES 16255 Resolución de 21 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 18 de junio de 2026. Por Resolución de 18 de junio de 2026 (BOE de 24 de junio) se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en la Secretaria de Estado de Migraciones. Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Esta Secretaria de Estado, ha dispuesto: Primero. Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos que se señalan en el anexo adjunto. Segundo. La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del reglamento anteriormente citado. Tercero. Madrid, 21 de julio de 2026.−La Secretaria de Estado de Migraciones, P. D. (Orden ISM/1245/2024, de 7 de noviembre), la Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Blanca Breñosa Sáez de Ibarra. cve: BOE-A-2026-16255 Verificable en https://www.boe.es Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/27/pdfs/BOE-A-2026-16255.pdf
