# Extracto de la Resolución de 24 de julio de 2026 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de actuaciones dirigidas al desarrollo y consolidación de la infraestructura verde para la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas correspondiente al año 2026 cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-25516
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-28/extracto-resolucion-24-julio-2026-direccion-fundacion-biodiversidad-fsp-que-aprueba-publicacion-convocatoria-subvenciones-NyrJbZ
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/28/pdfs/BOE-B-2026-25516.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 183 Martes 28 de julio de 2026 Sec. V-B. Pág. 41006 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 25516 Extracto de la Resolución de 24 de julio de 2026 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la Convocatoria de subve ncione s, e n régime n de concurre ncia competitiva, para el fomento de actuaciones dirigidas al desarrollo y consolidación de la infrae structura ve rde para la re naturalización y re silie ncia de ciudade s e spañolas corre spondie nte al año 2026 cofinanciada por e l Fondo Europe o de De sarrollo Re gional BDNS(Identif.):921561 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 921561) Primero.- Objeto. El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas para apoyar proyectos que promuevan actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, impulsando el desarrollo, mejora y consolidación de la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación, así como la adaptación al cambio climático, a través de la generación de biorrefugios climáticos, y la mejora de la habitabilidad de los entornos urbanos, especialmente en aquellos entornos que presentan mayor grado de vulnerabilidad social, económica y ambiental, integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal. La presente convocatoria se ajusta a la línea de ayuda definida en el apartado 1 del artículo 1.3 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, "Desarrollo y consolidación de la infraestructura verde para la renaturalización y resiliencia de entornos urbanos". Segundo.- Entidades beneficiarias. 1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, para la línea de ayuda 1, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las siguientes entidades: a) Ayuntamientos de capitales de provincia y ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000 habitantes conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2025. La información sobre el Padrón municipal se puede consultar en la página web del Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es. Asimismo, los municipios deberán estar clasificados como DEGURBA 1 o DEGURBA 2, conforme a la clasificación establecida por EUROSTAT. cve: BOE-B-2026-25516 Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde La convocatoria contribuye asimismo al cumplimiento de los objetivos del artículo 8 del Reglamento (UE) 2024/1991 de Restauración de la Naturaleza, en particular los relativos a la no pérdida neta de espacio verde urbano y cobertura arbórea urbana en municipios DEGURBA 1 y 2, y a su incremento progresivo hasta 2030, 2040 y 2050.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/28/pdfs/BOE-B-2026-25516.pdf
