# Resolución de 20 de julio de 2026, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación en gestión documental y archivística relacionada con los fondos documentales del Tribunal Constitucional.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-28
- **Organismo:** Tribunal Constitucional. . III. Otras disposiciones. Becas.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16416
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-28/resolucion-20-julio-2026-secretaria-general-tribunal-constitucional-que-conceden-becas-formacion-gestion-documental-archivistica-relacionada-5QPrmw
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/28/pdfs/BOE-A-2026-16416.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 183 Martes 28 de julio de 2026 Sec. III. Pág. 106273 III. OTRAS DISPOSICIONES TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 16416 Resolución de 20 de julio de 2026, de la Secretaría General del Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación en gestión documental y archivística relacionada con los fondos documentales del Tribunal Constitucional. Con arreglo a lo prevenido en la Resolución de la Secretaría General del Tribunal Constitucional de 30 de marzo de 2026, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 13 de abril, por la que se convocaron dos becas de formación en gestión documental y archivística relacionada con los fondos documentales del Tribunal Constitucional, y a propuesta de la Comisión de Estudio y Valoración a que se refiere la base sexta, apartado 1, de dicha convocatoria, he resuelto: Primero. Conceder las becas de formación en gestión documental y archivística relacionada con los fondos documentales del Tribunal Constitucional a los siguientes solicitantes: Don Andrés Fernández Carmona. Don Guillermo Hernández de Vergas. Segundo. Aprobar la relación ordenada de suplentes, que queda integrada por los siguientes solicitantes: Doña Eloísa Román Marcos. Don Raúl Gómez Calero. Tercero. La presente resolución conlleva el correspondiente compromiso de gasto. Frente a la presente resolución, de conformidad con lo prevenido en el artículo 99.3 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente del Tribunal Constitucional, cuya decisión agotará la vía administrativa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. cve: BOE-A-2026-16416 Verificable en https://www.boe.es Madrid, 20 de julio de 2026.–El Secretario General, Andrés Javier Gutiérrez Gil. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

## Fuente

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Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/28/pdfs/BOE-A-2026-16416.pdf
