# Real Decreto 638/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para impulsar un plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-30
- **Organismo:** Ministerio de Industria y Turismo. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16554
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-30/real-decreto-6382026-29-julio-que-regula-concesion-directa-ayudas-impulsar-plan-choque-renovacion-equipamiento-N0Y9PQ
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16554.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 185 Jueves 30 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 107115 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO 16554 Real Decreto 638/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas para impulsar un plan de choque para la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería. Como sector económico, el turismo constituye uno de los ámbitos más relevantes y estratégicos de España, con una aportación decisiva al desarrollo económico, a la generación de empleo y a la cohesión territorial y social. Asimismo, ejerce un destacado efecto multiplicador sobre el conjunto de la economía española, al atraer inversión para otros sectores y favorecer el crecimiento de empresas proveedoras de servicios y suministros, que a su vez generan nuevos puestos de trabajo e inversión adicional. Los indicadores sitúan a España como uno de los principales referentes mundiales en materia turística; sin embargo, este escenario de éxito convive actualmente con desafíos significativos que requieren atención y planificación estratégica. Las empresas del sector turístico español son estratégicas para la economía del país, por su peso económico, capilaridad territorial, generación de empleo y capacidad motriz sobre otros sectores. Según datos de la Cuenta Satélite de Turismo del Instituto Nacional de Estadística, el número de empresas que realizan actividades asociadas al turismo representaban en torno al 20,5 % del total de empresas de la economía española en el año 2024 y aportaban el 13 % de los ocupados de la economía nacional al cierre del ejercicio (Cuenta Satélite de Turismo, INE). En ese mismo año, el número de empresas que realizaban actividades asociadas al turismo aumentó un 3,6 %, lo que supone mayor crecimiento que en el conjunto de las empresas del total de la economía. La hostelería, como sector económico dedicado a la prestación de servicios de alojamiento y alimentación, constituye la principal actividad turística y concentra el 40 % de las empresas relacionadas con el turismo y el 60 % de su empleo. Según datos de la organización empresarial Hostelería de España del año 2024, en España existen más de 300.000 establecimientos de hostelería, con un volumen de negocio agregado de 166.211 millones de euros, 1,85 millones de empleos y una aportación del 6,7 % al PIB nacional en términos de valor añadido. No obstante, el sector turístico presenta la característica de estar mayormente compuesto por pequeñas empresas, autónomos o negocios familiares. El 50 % de las empresas turísticas tienen entre 1 y 9 trabajadores, y junto a las empresas sin asalariados, la suma asciende a más del 96 % de las empresas relacionadas con actividades turísticas (Directorio Central de Empresas, INE). Por tanto, en el sector empresarial turístico encontramos agentes muy diferenciados. Conviven grandes empresas con pequeñas y microempresas, que son la amplísima mayoría del sector. El reducido tamaño de gran parte de las empresas del sector turístico puede limitar su capacidad de respuesta ante retos emergentes, especialmente aquellos vinculados a la transición verde y a la inestabilidad de los costes asociados a la energía. La energía es uno de los costes operativos que más condiciona la rentabilidad del sector hostelero. En un bar, restaurante o alojamiento, el consumo energético del establecimiento no depende únicamente de los metros cuadrados. Depende de la intensidad de cocina, del número de servicios, del horario, de la presencia de terrazas, de las cámaras frigoríficas, del tipo de climatización, de la producción de ACS (Agua Caliente Sanitaria), del estado de mantenimiento y de la gestión de la potencia contratada. cve: BOE-A-2026-16554 Verificable en https://www.boe.es I

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16554.pdf
