# Real Decreto 642/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-30
- **Organismo:** Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. . I. Disposiciones generales. Subvenciones.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16556
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-30/real-decreto-6422026-29-julio-que-regula-concesion-directa-subvenciones-ministerio-derechos-sociales-consumo-agenda-2030-diversas-entidades-GxdzKZ
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16556.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 185 Jueves 30 de julio de 2026 Sec. I. Pág. 107136 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 16556 Real Decreto 642/2026, de 29 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a diversas entidades. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ostenta la responsabilidad de diseñar y ejecutar la política del Gobierno en materia de bienestar social, inclusión, atención a personas en situación de dependencia o con discapacidad, así como en lo relativo a la protección de los animales y al impulso de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. A su vez, el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Departamento, atribuye a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales competencias orientadas a la protección y promoción de los derechos de los colectivos más vulnerables, así como la salvaguarda del bienestar animal. De igual manera, la Secretaría General de Consumo y Juego ostenta las competencias en lo referente a la promoción de las políticas de consumo y ordenación del juego. En paralelo, encomienda a la Dirección General de Agenda 2030 el liderazgo en la implementación de dicha Agenda, en colaboración con la sociedad civil, el sector privado y otras partes interesadas. La labor institucional del Ministerio se desarrolla, por tanto, de forma sinérgica con el tejido asociativo y con otras Administraciones públicas, reforzando una red de colaboración activa en defensa del interés general, con especial atención a las personas y colectivos que enfrentan situaciones de vulnerabilidad y protección de los consumidores. Esta alianza entre lo público y lo social ha sido clave para responder de manera eficaz a emergencias sociales y necesidades estructurales. En este contexto, el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 67 del reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, permiten la concesión directa de subvenciones cuando concurran razones excepcionales de interés público, social, económico o humanitario que impidan la convocatoria pública. Además, conforme al artículo 28.2 de la misma ley, estas subvenciones deben regularse mediante real decreto, previa propuesta del Ministerio competente y con informe del Ministerio de Hacienda. Este real decreto tiene como finalidad articular, de forma directa y excepcional, la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, otras organizaciones y entidades, en atención al interés público y social que justifica dicha medida, conforme al marco legal señalado. Las subvenciones contempladas se integran plenamente en los ejes y objetivos definidos en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, asegurando su coherencia con la planificación estratégica del Departamento. II En el marco competencial de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, el presente real decreto articula la concesión directa de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como a otros organismos e cve: BOE-A-2026-16556 Verificable en https://www.boe.es I

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16556.pdf
