# Resolución de 20 de julio de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-30
- **Organismo:** Ministerio de Hacienda. . II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.
- **Identificador oficial:** BOE-A-2026-16576
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-30/resolucion-20-julio-2026-presidencia-agencia-estatal-administracion-tributaria-que-convocan-pruebas-obtencion-especialidad-nYPpea
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16576.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 185 Jueves 30 de julio de 2026 Sec. II.B. Pág. 107199 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE HACIENDA 16576 Resolución de 20 de julio de 2026, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado. En el artículo 103.cuatro de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en la redacción dada al mismo por la ley 18/1991, de 6 de junio, se crea la especialidad de Administración Tributaria, entre otros, en el cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, adscribiendo dicha especialidad a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Dicha norma atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria autonomía para establecer el régimen de acceso a las especialidades que se le adscriben, incluidos los requisitos y características de las correspondientes pruebas de acceso; pudiendo en uso de esta autonomía convocar las pruebas de acceso a las especialidades adscritas. Por otra parte, la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene también atribuida por su ley de creación la facultad de adscribir puestos de trabajo con carácter exclusivo a las especialidades que le son propias. Esta excepcional facultad, instrumento necesario para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan, exige, por otra parte, articular mecanismos para que el personal funcionario que presta servicios en la Agencia Estatal de Administración Tributaria pueda completar la formación adquirida en su trabajo y, mediante la superación de las correspondientes pruebas, obtener la especialidad de Administración Tributaria que le permita acceder en condiciones de igualdad a los puestos reservados a la misma. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella. Por todo lo expuesto, esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 103.cuatro de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, acuerda convocar pruebas para la obtención de la especialidad de Administración Tributaria en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado. La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos: Publicación 1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https:// sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria.html), en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), así como en aquellos lugares que se estime conveniente. La fecha de publicación en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria será la de la propia resolución o acto, salvo que en ella se indique otra distinta. Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las publicaciones realizadas en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (https://sede.agenciatributaria.gob.es). cve: BOE-A-2026-16576 Verificable en https://www.boe.es 1.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/30/pdfs/BOE-A-2026-16576.pdf
