# Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., de información pública relativo a la propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Yesa año 2027.

- **Boletín:** Boletín Oficial del Estado
- **Fecha de publicación:** 2026-07-31
- **Organismo:** Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico.V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios.
- **Identificador oficial:** BOE-B-2026-25811
- **URL en Oficius:** https://oficius.es/informacion-oficial/boe/2026-07-31/anuncio-confederacion-hidrografica-ebro-oa-informacion-publica-relativo-propuesta-aprobacion-canon-regulacion-embalse-yesa-ano-2027-NPPr9Y
- **Fuente oficial:** https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-B-2026-25811.pdf

## Contenido

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 186 Viernes 31 de julio de 2026 Sec. V-B. Pág. 41579 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 25811 Anuncio de la Confe de ración Hidrográfica de l Ebro, O.A., de información pública relativo a la propuesta de aprobación del canon de regulación del embalse de Yesa año 2027. Con fecha 3 de julio de 2026 la Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado la propuesta del canon de regulación del embalse de Yesa año 2027, que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (BOE nº 103 de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores: A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Bardenas abonarán 4,7881467729 €/ha. B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Yesa, abonarán 0,5801673284 €/ha. C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Yesa, abonarán 3,1920978486 €/ha. D) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalse de Yesa y abonará la cantidad de 17.253,29 €, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro. E) Los usuarios hidroeléctricos con aprovechamientos las centrales del canal de Bardenas abonarán 0,0011970367 €/kWh. F) Los usuarios hidroeléctricos con concesión en el río Aragón, antes de la confluencia del Irati y anterior a la regulación de la presa, abonarán 0,0009957496 €/kWh. G) Los usuarios hidroeléctricos con concesión en el río Aragón, pasada la confluencia del Irati y anterior a la regulación de la presa, abonarán 0,0006251785 €/kWh. I) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán 0,0019950612 €/m³. J) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, antes de la confluencia del Irati, abonarán 0,0002992592 €/m³. K) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, pasada la confluencia del Irati, abonarán 0,0001995061 €/m³. L) El Estado como beneficiario de las obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor en concepto de canon de regulación un total de 356.756,86 €. Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el Sr. Presidente de la Confederación cve: BOE-B-2026-25811 Verificable en la dirección https://extranet.boe.es/arde H) Los usuarios de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Bardenas, abonarán 0,0029925917 €/m³.

## Fuente

Este contenido ha sido organizado por Oficius a partir de información publicada en un boletín oficial.

Fuente oficial: https://www.boe.es/boe/dias/2026/07/31/pdfs/BOE-B-2026-25811.pdf
